El Heraldo (Colombia)

En días sin IVA solo aplican pagos con tarjeta o electrónic­os

Minhaciend­a publicó Decreto que detalla cómo funcionará la medida que busca impulsar la reactivaci­ón del comercio y la industria.

- Por Roberto Casas Lugo

Los consumidor­es solo podrán comprar hasta tres unidades de cada uno de los productos que se venderán sin el IVA, en los tres días fijados por el Gobierno.

Así lo establece el Decreto 682 del 21 de mayo, por el cual el Ministerio de Hacienda oficializó los detalles de las exenciones de impuesto al valor agregado para el 2020.

Estas jornadas se realizarán el viernes 19 de junio, el miércoles 3 de julio y el venidero 19 de julio.

“Es una medida muy importante para cuando empecemos a dar estos pasos cada vez más fuertes en materia de recuperaci­ón económica con protocolos lo que será la implementa­ción de los tres días sin IVA en nuestro país, para sentir una recuperaci­ón que empiece a gestarse con dinamismo durante el segundo semestre”, indicó el presidente Iván Duque durante el habitual espacio oficial sobre la atención de la pandemia.

PRODUCTOS SIN IMPUESTOS. Una de las categorías que incluye la medida es la de los complement­os de vestuario como morrales, maletines, bolsos de mano, carteras, gafas de sol, paraguas, pañoletas y bisutería. Del mismo modo, la norma también cobija a electrodom­ésticos, computador­es, equipos de comunicaci­ones y elementos deportivos, incluidas las bicicletas y patinetas eléctricas.

Los juguetes y juegos, como juegos de tablero, juegos electrónic­os y videojuego­s; prendas de vestir de todo tipo; útiles escolares y bienes e insumos para el sector agropecuar­io también hacen parte del listado.

PRECIOS DE LOS PRODUCTOS. El costo de los productos está basado en la Unidad de Valor Tributario (UVT) que según la DIAN para este año está en $35.607.

De esta forma, para las ventas de vestuario y los complement­os el precio de venta por unidad debe ser igual o inferior a $712.140 (20 UVT), sin incluir el impuesto.

Por su parte, los electrodom­ésticos, los artículos deportivos y los bienes e insumos agropecuar­ios que apliquen a la norma deben tener un precio de venta por unidad igual o inferior a $2.848.560 (80 UVT), sin incluir el impuesto sobre las ventas.

Los juguetes y juegos deberán tener un precio de venta por unidad igual o inferior a $356.070 (diez UVT), mientras que para los útiles escolares el precio debe ser igual o inferior a $178.035 (cinco UVT).

CANTIDAD DE COMPRA. El usuario final podrá adquirir hasta tres unidades de cualquiera de estos bienes y su entrega debe realizarse dentro de las siguientes dos semanas contadas a partir de la fecha en la cual se realizó la compra y expidió la factura o documento equivalent­e.

Este comprobant­e puede ser factura electrónic­a, litográfic­a o un documento equivalent­e POS.

MÉTODO DE PAGO. Estos bienes sólo podrán adquirirse por medio de tarjetas débito, crédito y otros mecanismos de pago electrónic­os avalados por la Superinten­dencia Financiera de Colombia.

SUSPENSIÓN DE IMPOCONSUM­O. Tal como se comentó en el anuncio presidenci­al, el consumo en el expendio de comidas y bebidas también verá una reducción de las tarifas de impuesto según la norma.

Las tarifas del impuesto nacional al consumo se reducirán al 0%hasta el 31 de diciembre de 2020.

En la actualidad este gravamen es de un 8% sobre el valor del consumo.

EXCLUSIÓN DEL IVA SOBRE ARRENDAMIE­NTOS. El decreto también excluye del impuesto del IVA a los cánones de arrendamie­nto y a los pagos mensuales por concepto de concesión de espacios a los locales comerciale­s. Esta norma surte efecto desde el pasado 21 de mayo hasta el 31 de julio del presente año.

Este beneficio no será aplicable al arrendamie­nto de oficinas y bodegas, así como para los cánones de arrendamie­nto causados y facturados antes de la entrada en vigencia del mencionado decreto.

35.067 pesos es el valor para 2020 de la Unidad de Valor Tributario (UVT), elemento con el que se calculan los precios base para esta medida.

“Con esta medida damos pasos hacia la recuperaci­ón”. IVÁN DUQUE MÁRQUEZ Presidente de la República.

 ??  ??
 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Colombia