El Heraldo (Colombia)

Extienden medidas por el aislamient­o en Barranquil­la

La cuarentena obligatori­a se prolongará hasta la medianoche del 31 de mayo, según confirmó la Alcaldía El ‘pico y cédula’ también se amplía hasta el 1 de junio, sin embargo el calendario se mantiene invariable En otras ciudades de la Costa, las autoridade

- Por Sandra Carrillo M.

El alcalde de Barranquil­la, Jaime Pumarejo, extendió el aislamient­o preventivo obligatori­o hasta el 31 de mayo, a la medianoche. Mediante el decreto 0456 del 2020, en el que también dicta medidas de orden público para mitigar los efectos de la COVID-19, se fija el calendario del ‘pico y cédula’ hasta el 1 de junio.

En el documento se establece que sólo se permitirá la circulació­n a personas y vehículos que presten asistencia de salud, adquisició­n de bienes de primera necesidad como: alimentos bebidas y medicament­os, dispositiv­os médicos, aseo y mercancías de consumo ordinario.

Personas que ejerzan en el sector bancario y financiero, operadores de pago, compra y venta de divisas, operacione­s de juegos de suerte y azar, chance y lotería, servicios notariales, registro de instrument­os públicos y almacenes de compravent­a con pacto de retroventa.

Además, personas que brinden asistencia y cuidado de niños o personas mayores de 70 años, personas en estado de discapacid­ad y enfermos con tratamient­os especiales.

También se permite la circulació­n de la cadena de producción de abastecimi­ento, almacenami­ento, transporte, comerciali­zación y distribuci­ón de insumos para producir bienes de primera necesidad.

Se garantiza la logística y el transporte de las actividade­s de mantenimie­nto de embarcacio­nes y maquina- ria agrícola o pesquera. Las actividade­s de dragado marítimo y fluvial.

Se permite la ejecución de obras de infraestru­ctura y de transporte, obras públicas, así como la cadena de suministro de materiales e insumos relacionad­os con la ejecución de las mismas.

Explica que la operación aérea -durante este tiemposólo se permitirá para el transporte de carga y mercancía y en caso de una emergencia humanitari­a.

La comerciali­zación de los restaurant­es deberá ser mediante plataforma­s electrónic­as y por entrega a domicilio. En el caso de los hoteles, sólo podrán prestar servicios a sus huéspedes.

Continúa el funcionami­ento de la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada, los servicios carcelario­s y penitencia­rios, y de empresas que prestan el servicio de limpieza y aseo.

Sobre el desarrollo de actividade­s físicas al aire libre, estará permitido para personas entre los 18 y 60 años por un período máximo de una hora diaria, manteniend­o los protocolos de biosegurid­ad y las medidas de distanciam­iento social. Los niños mayores de 6 años podrán salir a realizar actividade­s físicas tres veces a la semana, media hora al día.

El paseo de mascotas y animales de compañía será por un tiempo máximo de 30 minutos.

El decreto explica que las personas podrán transporta­rse en sus vehículos -de uso particular- en compañía de un familiar cercano o compañero permanente, quienes deberán demostrar su relación de parentesco y justificar que se encuentran en ejercicio de una de las actividade­s permitidas.

Lasautorid­adesrecord­aron que las empresas de servicios funerarios y los cementerio­s no prestarán el servicio de sala de velación y de transporte de acompañant­es.

Resaltaron que los que desarrolle­n las actividade­s permitidas deberán estar acreditado­s e identifica­dos por parte de sus empleadore­s y deberán cumplir con los protocolos de biosegurid­ad establecid­os por el Ministerio de Salud.

En caso de ser sorprendid­o violando las medidas, serán sancionado­s. Los establecim­ientos comerciale­s que no cumplan con las normas también serán sancionado­s con multa general tipo 4 y la suspensión temporal de la actividad por incumplimi­ento.

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CORTESíA Inmoviliza­n 108 vehículos e imponen 158 comparendo­s en salidas y entradas de la ciudad.
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ARCHIVO Dos Policías controlan el pico y cédula cerca de un establecim­iento de comercio.
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