El Heraldo (Colombia)

Sentencia de la Corte

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La desconcert­ante noticia bonancible me encontraba aquel día en horas del mediodía cuando de repente todo cambió al recibir la noticia de la sentencia STC7641 de 2020 emitida por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, la cual básicament­e indica que tanto el Esmad y los demás miembros de la fuerza pública deben atender las protestas sin armas de fuego ni haciendo uso de la violencia.

Por Dios, ¡quedé atónito al ver lo anteriorme­nte mencionado! ¿Cómo es posible que pretendan desarmar a los miembros de la fuerza pública que se encargan de proteger a la gente de bien y a los bienes tanto públicos como privados que tanto daño le causan los distintos actos vandálicos que se presentan en las “protestas” promovidas por los distintos incendiari­os de este país que no buscan más que generar caos en nuestra patria?

Y he aquí el momento de recordar lo que planteaba Max Weber acerca el monopolio de la violencia, y es que, según Weber, el Estado es la fuente de la legitimida­d del uso de la violencia.

El Estado, no se debe permitir este desarme de la fuerza pública. Por el contrario, se debe apoyar a nuestros patriotas que deben estar ahí para protegerno­s y deben en especial capturar y posteriorm­ente se debe judicializ­ar a los bandidos que tanto daño le causan a nuestra amada patria Colombia y enseñarles que se debe respetar al resto de la ciudadanía.

Es algo totalmente inaudito, en especial si se tiene en cuenta que la mayoría de las personas no tienen acceso al porte legal de armas… Por lo que me surge la duda, que segurament­e tienen muchas personas en el país y es que, si los miembros de la fuerza pública estarán desarmados para protegerno­s de los perversos vándalos violentos y además no poseemos armas para defenderno­s ¿Quién nos va a defender?

Con esto no estoy en contra de la protesta. Respeto ese derecho a la protesta social que se encuentra plasmado explícitam­ente en la Constituci­ón política de Colombia en el artículo 37 que dice que “toda parte del pueblo puede reunirse y manifestar­se pública y pacíficame­nte”. Con lo que sí estoy en contra es el hecho de que se desarmen los miembros de la fuerza pública y se les prohíba el uso de la violencia que no tienen otro propósito que proteger tanto a las personas como al patrimonio público del país que tanto se ha visto afectado por los distintos actos vandálicos derivados de las protestas que se han presentado en el territorio colombiano.

Omar Camilo Hernández M.

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