Derechos de embarazadas también cobijan a migrantes.
La Corte Constitucional se pronunció de fondo sobre los derechos de las migrantes embarazadas que se encuentran en el país de manera irregular y determinó que tienen derechos a la seguridad social y a la estabilidad reforzada tal y como lo contempla la legislación con relación a las mujeres embarazadas colombianas. El alto tribunal estudió el caso de una joven venezolana que en el 2018 comenzó a trabajar, de manera informal, en un local de venta de empanadas y que en febrero de 2019 le avisó a su empleador que estaba embarazada y en abril recibió un mensaje de texto en el que se le informaba que prescinden de sus servicios. De acuerdo con la Corte, el empleador explicó que no existió vínculo contractual alguno, ya que solo brindó “una ayuda económica a la peticionaria” a cambio de que le colaborara en su microempresa de manera eventual.
“La Sala Octava de Revisión señaló que a la accionante le fueron vulnerados sus derechos fundamentales a la seguridad social y a la estabilidad laboral reforzada”, y aseguró que en el proceso se acreditó la existencia de una relación laboral en la cual “no se garantizaron” las condiciones de empleo en los términos exigidos por la Constitución y los tratados internacionales aprobados por Colombia. La sentencia explica que la responsabilidad primordial en la protección de los derechos humanos debe provenir de medidas gubernamentales adecuadas.