Ahora tiene nuevas reglas
Como bien lo consideró la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia el año pasado la proliferación de organizaciones sindicales y de procesos de negociación colectiva “en la práctica ha evidenciado resultados negativos que terminan socavando la libertad sindical, pues generan condiciones de trabajo inequitativas y desiguales, exacerba la debilidad de los trabajadores frente al empresario y mengua las posibilidades de resolver directamente o por autocomposición el conflicto colectivo de intereses” (Ver. SL3127 de 2023)
El nuevo decreto 243 organiza precisamente el proceso. Limita el número de negociadores y asesores respetando a minorías, establece criterios de representatividad siguiendo las orientaciones de la recomendación 159 de la OIT y amplía los niveles de negociación en los que los sindicatos pueden deliberar sobre sus condiciones de empleo. Siguiendo lo señalado por la Corte: “la unidad sindical y de negociación podría permitir una concertación más solidaria y equitativa de las condiciones de trabajo de cara a las variaciones del mercado, los cambios tecnológicos y las crisis económicas que hoy son una realidad innegable, de modo que requieren actores sindicales con estructuras fuertes, amplia representatividad y poder de negociación”.
El nuevo decreto incluye también inspección, vigilancia y control por parte del Ministerio del Trabajo, conforme a las facultades previstas en la ley 1610 de 2013. La demora o la negativa a negociar un pliego de solicitudes debidamente presentado, puede ser objeto de sanción hasta con 5.000 Smlv para la entidad pública que intente evadir el derecho a la negociación. También le impone a esta cartera la obligación de hacer el censo sindical del sector estatal.
Seguramente vendrán controversias judiciales sobre la aplicación del decreto que ayudarán a perfeccionarlo. Mientras tanto iremos solucionando en la práctica las controversias en un trabajo conjunto entre el Ministerio del Trabajo y el Departamento Administrativo de la Función Pública, con el que daremos alcance y responderemos solicitudes a conceptos que eleven los actores interesados.
Esperamos que esta norma contribuya a mejorar las relaciones laborales en el sector público, amplíe la democracia y dignifique el trabajo. También esperamos que la experiencia acumulada durante años en el sector público permita abrirle la mente a empresarios y asesores del sector privado, como lo hicimos ya en Rappi o Teleperformance y esperamos hacerlo pronto en el sector del fútbol colombiano.
Confiamos en que esta norma sea utilizada también por el sindicalismo para su crecimiento, para la formalización de miles de contratistas que sufren relaciones de trabajo encubiertas y mejore la vida de cerca de 1.3 millones de empleados públicos de todo el país.
CONFIAMOS EN QUE ESTA NORMA SEA UTILIZADA TAMBIÉN POR EL SINDICALISMO