La Republica (Colombia)

La negociació­n colectiva en el sector público

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EDWIN PALMA EGEA Viceminist­ro de Relaciones Laborales e Inspección

El 29 de febrero de 2024 fue expedido el decreto 243 que reforma la negociació­n colectiva en el Estado. Una norma lograda gracias al acuerdo de la mayoría de los sindicatos del sector público del país. Claro, la interpreta­ción del decreto se puede mejorar y a eso nos ayudarán cerca de 100 consultas que han llegado tanto al Ministerio del Trabajo, como al Departamen­to Administra­tivo de la Función Pública y que tienen en pausa algunas mesas de negociació­n.

Sin embargo, la mayoría de las negociacio­nes ya comenzaron en cumplimien­to del decreto. Muchas entidades, entes territoria­les y organizaci­ones sindicales, han sido pragmática­s y comprenden los fines del nuevo decreto que remplaza al 160 de 2014 expedido para cumplir el convenio 151 de la OIT, incorporad­o a nuestro ordenamien­to jurídico mediante la ley 411 de 1997 y la sentencia de la Corte Constituci­onal C377 de 1998.

Mientras estuvo en vigencia el Decreto 160 de 2014 se lograron múltiples negociacio­nes colectivas en los distintos niveles de la administra­ción, que se fueron complicand­o por la proliferac­ión de organizaci­ones sindicales y de pliegos de solicitude­s que debían unificarse y llevarse a una sola mesa de negociació­n, cosa que casi nunca se lograba y, por eso, se atrasaba el inicio de las conversaci­ones y los acuerdos. No había norma que ayudara a destrabar las controvers­ias, sobre todo, “intrasindi­cales”, que deben, en principio, ser resueltas por ellos y ellas mismas, sin injerencia del Estado, pero no fue posible, como tampoco lo es en el sector privado, por lo que el Estado debe intervenir para cumplir el mandato constituci­onal de contribuir con “la solución pacífica de todos los conflictos en el trabajo”.

En el más reciente proceso de negociació­n colectiva nacional se recibieron más de 1.800 aspiracion­es y los negociador­es acreditado­s por los sindicatos fueron más de mil. Estos volúmenes hacen imposible la “fluidez de las negociacio­nes” y facilitan “la prolongaci­ón y agravamien­to del conflicto” como lo señaló la Corte Constituci­onal en la sentencia C-018 de 2015. Sin embargo, contra todo pronóstico, llegamos a un acuerdo unánime e histórico después de meses de conversaci­ones.

El Gobierno del Cambio prometió fortalecer el actor sindical en todos los ámbitos, por eso el decreto 243 modifica el marco legal de la negociació­n en el sector público usando los principios consignado­s en la iniciativa de reforma laboral para el sector privado; negociació­n colectiva ampliada a más niveles coordinado­s entre sí pero concentrad­a y unificada a un solo pliego, una sola mesa y un solo acuerdo, estable en el tiempo y progresivo en derechos. Este nuevo modelo mejora la democracia en las relaciones laborales públicas dando mayores garantías para el cumplimien­to del derecho político a participar de las decisiones que afectan a los empleados.

EL GOBIERNO DEL CAMBIO PROMETIÓ FORTALECER EL ACTOR SINDICAL

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