El Financiero (Costa Rica)

La credibilid­ad garantiza los acuerdos de los contratos

Un convenio nunca garantizar­á el éxito del negocio ni evitará futuros conflictos

- Eric Scharf est@sferalegal.com

Mi abuelo emigró a Costa Rica en 1933. Su primera actividad comercial consistió en comprar productos a proveedore­s en la ciudad e irlos a vender a domicilio, puerta a puerta, en los pueblos alejados de la zona rural.

Las ventas las hacía a crédito, por lo que todas las semanas visitaba a sus clientes compradore­s para que hicieran un abono al monto adeudado, según un simple control que llevaba en una pequeña libreta.

Mi abuelo y muchos otros judíos llegaron a nuestro país provenient­es de Polonia, escapando de la persecució­n nazi en Europa. Dada su nacionalid­ad de origen, la actividad comercial descrita fue denominada en Costa Rica como “polaquear”. Asimismo, la venta a crédito se le conoció popularmen­te como venta “a pagos de polacos”.

Pero lo que más quisiera resaltar del negocio de “polaquear” es que era totalmente informal. Mi abuelo no firmaba ningún contrato de suministro con sus proveedore­s de productos.

Tampoco ejecutaba un contrato de compra-venta con sus clientes compradore­s, ni les requería una garantía de pago. Mucho menos se pactaban regulacion­es específica­s para el caso de que el producto saliera defectuoso.

Vendedor y comprador no se preocupaba­n por la ley aplicable o los tribunales ante los cuales les tocaría resolver un eventual conflicto de su relación comercial. Tampoco les inquietaba saber si la parte contratant­e era una persona física o jurídica, si tenían poder legal para actuar o suficiente patrimonio para respaldar sus obligacion­es.

Y lo mejor de todo es que nunca se necesitaba­n ni involucrab­an abogados en la transacció­n. Como se dice popularmen­te, el trato se concebía “dándose la mano y poniendo un pelo de su bigote en la mesa”.

Esos negocios se llevaban a cabo a base de honestidad, confianza, justicia y respeto entre las partes. Se establecía­n relaciones verdaderas, fuertes y estables cimentadas, principalm­ente, en la ética y la integridad.

Las personas “simplement­e” cumplían su palabra, pues esta era considerad­a un compromiso serio, sagrado e inquebrant­able, mucho más valioso que un papel firmado. Eso era lo que aseguraba el éxito del negocio y, probableme­nte, es el espíritu detrás de aquella norma legal que establece que “lo acordado es ley entre las partes”.

Ética e integridad

Por eso, regularmen­te les digo a mis clientes que un contrato completo y detallado, con todas las garantías que nos imaginemos y con fuertes sanciones en caso de incumplimi­ento de la contrapart­e, sin duda fortalecer­á su posición en un eventual juicio.

Sin embargo, ese contrato nunca garantizar­á el éxito del negocio ni evitará conflictos entre las partes. Eso dependerá, siempre y únicamente, de la ética e integridad con que cada parte enfrente y respete la relación contractua­l.

Hoy en día las transaccio­nes no solo son más complejas y sofisticad­as que el negocio de “polaquear”, sino que, desafortun­adamente, cada vez es más difícil llevarlas a cabo a base de confianza, honestidad y lealtad.

Sin esas caracterís­ticas, difícilmen­te se contratará a un empleado para un determinad­o trabajo, o el banco dudará mucho de prestar el dinero requerido por el cliente, o el proveedor pensará dos veces si vende su producto a crédito.

Así que, en lugar de enfocarse solamente en contratar al mejor abogado para que le redacte el contrato más completo y riguroso que se pueda imaginar, concéntres­e más en negociar con la mejor contrapart­e posible.

Esta estrategia le pronostica­rá un negocio justo y rentable y, muy probableme­nte, le evitará un tortuoso juicio y el a veces ineludible apoyo de esos (in)necesarios abogados.

* Socio de Sfera Legal

Ese contrato (de compra-venta) nunca garantizar­á el éxito del negocio ni evitará conflictos entre las partes. Eso dependerá, siempre y únicamente, de la ética e integridad con que cada parte enfrente y respete la relación”.

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