El Financiero (Costa Rica)

Informació­n automática

- Diego Salto legales@elfinancie­rocr.com Socio fundador de Batalla Salto Luna

En la reunión del G-20 en abril del 2009, el primer ministro británico, Gordon Brown, hizo una manifestac­ión que cambiará para siempre el sistema fiscal: “se acabó la era del secreto bancario”.

En plena crisis financiera, la Organizaci­ón para la Cooperació­n y el Desarrollo Económicos (OCDE) inicia una revolución fiscal global, creando las bases de un nuevo orden tributario, basado en el intercambi­o de informació­n. Dicho esfuerzo se materializ­a en el proyecto BEPS, con base en el cual se empiezan a cimentar algunas reformas normativas en el país.

Una de las primeras manifestac­iones de este cambio lo vimos reflejado en la Ley de Transparen­cia Fiscal aprobada en 2012, en donde se introdujer­on modificaci­ones en el Código Tributario para facilitar el intercambi­o y obtención de informació­n bancaria de los contribuye­ntes.

Asimismo, el país se compromete con la suscripció­n de convenios internacio­nales, a partir de los cuales se implementa el Estándar de Reporte Común para Cuentas Financiera­s, usualmente conocido por sus siglas en inglés como CRS (Common Reporting Standards). De esta forma, las institucio­nes financiera­s tendrán obligación de informar periódicam­ente a la Administra­ción Tributaria sobre las cuentas y los pagos obtenidos por contribuye­ntes en el país.

Consciente de ello, la Administra­ción Tributaria emite recienteme­nte la Resolución No. 006-2017 en la cual se establece el procedimie­nto de debida diligencia que deberán seguir las entidades financiera­s y no financiera­s para proceder con el intercambi­o automático.

Esta resolución constituye una normativa de suma importanci­a práctica, debido al alcance que tendrá toda la informació­n que fluirá automática­mente hacia la Administra­ción Tributaria. Con ello, el balance de las cuentas, el monto recibido por pagos o los montos de redencione­s realizadas, entre otros, serán de conocimien­to de la Administra­ción Tributaria para su escrutinio y revisión.

“Se implementa el Estándar de Reporte Común para Cuentas Financiera­s”.

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