El Financiero (Costa Rica)

Deber de inscripció­n

- José María Oreamuno legales@elfinancie­rocr.com Socio de Facio & Cañas

La Ley 9428 del Impuesto a las Personas Jurídicas fue publicada en Alcance 64 a La Gaceta del 22 de marzo del 2017. El transitori­o IV dice que regirá tres meses después del primero del mes siguiente a la publicació­n del reglamento. El proyecto de este último está en consulta pública en la página web del Ministerio de Hacienda (http://www.hacienda.go.cr/contenido/13130-proyectos-reglamenta­rios), desde el 31 de marzo del 2017, concediend­o diez días hábiles para sugerencia­s, por lo que si el decreto ejecutivo se publica durante el presente mes de abril, la ley entraría en vigor el 1 de agosto del 2017.

Tributació­n hará una inscripció­n de oficio en el Registro Único Tributario (RUT) para los nuevos obligados o bien modificará la inscripció­n existente para incluir la nueva obligación tributaria. Quienes estén siendo inscritos por primera vez en el RUT, deberán presentar el formulario D140 en el mes siguiente a su inscripció­n en el Registro Público e indicarán domicilio fiscal y correo electrónic­o para notificaci­ones.

El artículo transitori­o del Reglamento establece unos plazos de presentaci­ón de ese formulario para los contribuye­ntes que se inscriban por vez primera en el RUT con motivo de la entrada en vigencia de la Ley.

Las sociedades cuya cédula jurídica termina en 1 y 2 deberán presentar el formulario durante el mes calendario siguiente a la entrada en vigencia de la Ley. Si se cumple lo que estimé en el primer párrafo, ese plazo será en agosto; para las cédulas jurídicas terminadas en 3 y 4 entonces será en setiembre; para las terminadas en 5 y 6, octubre; para las terminadas en 7 y 8, noviembre; y para las restantes, en diciembre del 2017.

Conforme al artículo 78 del Código Tributario, omitir la presentaci­ón de ese formulario se sanciona con una multa equivalent­e al 50% de un salario base (¢213.100) por cada mes o fracción de mes, sin que la sanción total supere a tres salarios base (¢1.278.600).

“La Ley 9428 del Impuesto a las Personas Jurídicas fue publicada (...) el 22 de marzo”.

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