Incentivo para pedir factura
Mucho se ha hablado sobre la factura electrónica como fuente de información para la Administración Tributaria a efectos de mejorar sus labores de gestión y fiscalización.
Sin embargo, debemos señalar que sus efectos estarán limitados por dos realidades: 1. Existen contribuyentes no inscritos y que no presentan declaraciones y 2. Se carece de incentivos para que el consumidor final exija la factura.
Sin embargo, la solución está en la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal. El artículo 2 contiene una autorización para que la Administración Tributaria desarrolle mecanismos para estimular a los “consumidores a exigir la factura”. Así, se establece la posibilidad de devolver hasta un 1% del impuesto sobre las ventas en “aras de establecer controles para mejorar la gestión y fiscalización” de ambos impuestos, renta y ventas.
En otros países donde se ha implementado la medida va de la mano con la condición de que el consumidor pague con medios electrónicos (tarjetas de crédito y débito).
Así sucedió en Colombia durante diez años, en Argentina, desde el 2001 y hasta este año y, más recientemente, en Ecuador.
De la misma forma es como preveo que funcionará en Costa Rica. Lo anterior, se desprende del artículo 4 de esta ley creada recientemente, el cual establece que “todas las personas, físicas o jurídicas, con actividad lucrativa… están obligadas a aceptar, como medio de pago alternativo, las tarjetas de crédito o débito”.
En los países arriba mencionados, el tarjetahabiente recibe la devolución del impuesto como un cash back en su tarjeta o como un depósito en una cuenta bancaria. En otras palabras, el mecanismo no puede funcionar con pagos en efectivo.
Instamos a la Administración Tributaria para que se implemente esta medida lo más pronto posible.
No solo por razones fiscales, sino como una herramienta para combatir el blanqueo de capitales.
“Se carece de incentivos para que el consumidor final exija la factura”.