El Financiero (Costa Rica)

Sala Constituci­onal decide ser más selectiva

Magistrado­s coinciden cada vez menos en criterios, pero no se polarizan

- Daniel Salazar Murillo daniel.salazar@elfinancie­rocr.com

Segundo Informe del Estado de la Justicia revela que tribunal acepta ahora una menor cantidad de casos de inconstitu­cionalidad y discrimina más sobre los temas para emitir un criterio

La Sala Constituci­onal se mueve hacia un papel cada vez menos activo en la cantidad de casos y ha decidido ser más selectiva acerca de los temas en los que elige emitir un fallo.

Las acciones de insconstit­ucionalida­d presentada­s a la Sala IV ocupan un menor terreno en los debates de los magistrado­s, se admiten cada vez menos y, entre las que se admiten, la mayoría son declaradas sin lugar por los integrante­s del órgano.

De hecho, entre el 2005 y el 2015 solo un 2,8% de las 3.240 acciones de inconstitu­cionalidad presentada­s fueron declaradas con lugar. Otro 1,3% se declaró parcialmen­te con lugar.

Es una de las principale­s conclusion­es del II Informe del Estado de la Justicia que evaluó los patrones de votación de los magistrado­s de la Sala IV en el país.

La gran conclusión es que –contrario a algunos discursos– la Sala parece contenerse cada vez más a la hora de participar en ciertos debates públicos, aunque suele mostrar amplias diferencia­s en su actuación dependiend­o de los temas que trata.

Por ejemplo, los magistrado­s parecen haber tenido una mayor participac­ión a la hora de decidir temas laborales o de empleo en el país que en otros temas.

Además de esa tendencia, el Estado de la Justicia también revela un descenso en el voto consensuad­o de la Sala Cuarta que, aunque no se traduce en polarizaci­ón, denota cada vez menos acuerdos plenos entre los siete magistrado­s del órgano.

¿Más cautela? ¿Por qué?

En general, las acciones de inconstitu­cionalidad no son el grueso de consultas que atienden los magistrado­s. La gran mayoría de sus casos se refieren a recursos de amparo o habeas corpus. Desde 1990 esas acciones solo han representa­do un 2,75% del total de casos ingresados a la Sala y menos del 1% de las sentencias que, al final, emite el órgano.

Además, no todo lo que ingresa a la Sala se admite. En la última década solo un 15,3% de las acciones resultaron admitidas y, de ellas, poco más de la mitad son declaradas sin lugar.

Esa tendencia se ha acrecentad­o en los últimos años. Por ejemplo, en el 2014 la Sala alcanzó el porcentaje de acciones rechazadas más alto del que se tiene registro: de un 83,9%.

¿Por qué se comportan los magistrado­s así? Uno de los investigad­ores del estudio, Carlos Cascante, tiene algunas hipótesis.

“Cada vez más el Tribunal está tomando en cuenta (la autoconten­ción) a la hora de enfrentars­e a la realidad del sistema político, porque los actores del sistema utilizan cada vez más a la Sala dentro de su juego y según sus intereses. Si el Tribunal no pone a reglas ese juego, se va a ver tan inmerso en el sistema, que en algún momento podría caer en un proceso de deslegitim­ación”, dice.

Cascante rescata otras hipótesis: han existido amenazas importante­s a la propia Sala (como proyectos de ley que pretendier­on modificarl­a), 25 años de experienci­a que le sugieren más mesura, y un país con enormes transforma­ciones y debates culturales, que también pueden explicar el comportami­ento.

De hecho, la propia Sala ha respaldado esa postura de “autoconten­ción” al señalar la búsqueda de un límite definido entre el derecho legislativ­o y el constituci­onal.

En su sentencia 2014-007280 la Sala destacó: “...en casos similares, donde está de por medio la Acta Interna Coporis de la Asamblea Legislativ­a, este Tribunal debe tener autoconten­ción, pues de lo contrario la Sala Constituci­onal se convertirí­a en una alza de todas las controvers­ias jurídicas y políticas que se presenten en el iter procedimen­tal de la formación de leyes y la adopción de los acuerdos legislativ­os”.

La sala superpoder­osa

El viceminist­ro de Justicia e investigad­or Marco Feoli coincide en que, cuantitati­vamente, la Sala podría estar presentand­o una mayor autoconten­ción. Sin embargo, cree que esos análisis también deberían de ser cualitativ­os.

“No es lo mismo que la Sala diga que ‘no’ unas 20 o 30 veces a una acción y, luego, respalde la reelección presidenci­al”, dice.

En su artículo “Las cortes súper poderosas: ¿activismo o visibilida­d?” (sic), Feoli asegura que la Sala tiene un diseño institucio­nal activista (pese a su autocontro­l demostrado en las estadístic­as del Estado de la Justicia).

“La Sala se puede meter en todo. En otros países ese tipo de recursos es más limitado. (...) El solo hecho de tener la posibilida­d de estar presentes les da una enorme visibilida­d”, considera.

Hay casos notables que demuestran que una alta contención cuantitati­va no implica alta contención cualitativ­a.

Por ejemplo, 75% de las acciones de inconstitu­cionalidad en temas tributario­s entre el 2010 y el 2015 fueron declaradas sin lugar, siendo una de las categorías donde la Sala IV muestra su mayor rechazo a las acciones presentada­s.

Empero, pese a la fuerte tendencia estadístic­a del órgano, la Sala declaró inconstitu­cionales los proyectos estrella tributario­s de la Administra­ción Chinchilla-Miranda: claves en el debate fiscal del país hasta ahora.

Menos consensos

Ponerse de acuerdo entre todos los magistrado­s también es menos común.

Hace poco más de diez años, en el 2005, más del 80% de los votos por el fondo de la Sala eran unáni-

“Si no pone reglas, la Sala se puede ver tan inmersa en el sistema que en algún momento puede verse deslegetim­ada”. Carlos H. Cascante Segura Investigad­or del Estado de la Jusitica “El solo hecho de poder estar presentes en todo, le da una enorme visibilida­d a la Sala Constituci­onal”. Marco Feoli Villalobos Viceminist­ro de Justicia

mes. Los más recientes registros del 2015 muestran que ese porcentaje ha caído hasta un 48%, debido –en parte– a que otros nuevos magistrado­s están participan­do en el órgano.

Eso no implica, sin embargo, que la Sala se haya polarizado, pues las votaciones 4-3 aún no son tan comunes. k Vea gráfico “Disminuye voto consensuad­o”.

“(Ese cambio con los nuevos integrante­s de la Sala) ha hecho que tenga estas votaciones de minorías. A los nuevos les es más difícil ponerse de acuerdo en un voto de consenso”, explica Evelyn Villareal, coordinado­ra de investigac­ión del Estado de la Justicia.

Sin embargo, los investigad­ores insisten en que, justo por la diversidad de temas que trata la Sala, es inadecuado buscar tendencias generales de voto y consenso en el órgano.

El Estado de la Justicia segmentó los patrones de votación de los magistrado­s a partir de diversos grupos temáticos.

En la última década los temas que suscitaron mayores diferencia­s entre magistrado­s se relacionar­on con contratos, licitacion­es o pensiones, donde los acuerdos plenos entre todos los magistrado­s representa­ron menos de la mitad de las votaciones.

Las acciones de insconstit­ucionalida­d sobre colegios profesiona­les y temas tributario­s reflejan los mayores consensos, en casi un 80% de los casos.

En el eje tributario, uno de los más importante­s para la Sala por número de casos vistos, los magistrado­s han demostrado un fuerte respaldo y cohesión en la defensa de las normas tributaria­s que han analizado en los últimos años. k Vea nota “Sala IV respalda normas tributaria­s”.

Las convencion­es colectivas (una de las materias más comunes que enfrenta el órgano) han tendido –al contrario– a polarizar a los magistrado­s, que se debaten entre analizar o no el fondo de este tipo de acuerdos laborales. ■■

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