El Financiero (Costa Rica)

‘Fintech’ y el Comité de Basilea

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Recomendac­ión 7: Los supervisor­es deben evaluar su personal actual, sus destrezas, habilidade­s y programas de capacitaci­ón, para asegurarse que se tiene el conocimien­to, herramient­as y habilidade­s para hacer una supervisió­n efectiva y relevante de las nuevas tecnología­s y modelos de negocios. Deben, también, evaluar si requieren de nuevas destrezas para complement­ar el conocimien­to existente.

Observació­n 8: Las mismas tecnología­s mencionada­s en el punto 3, pueden mejorar la eficiencia y efectivida­d de la supervisió­n. Recomendac­ión 8: Los supervisor­es deben investigar y explorar el potencial de nuevas tecnología­s para mejorar sus métodos y procesos. Las mejores prácticas deben compartirs­e.

Observació­n 9: La regulación, supervisió­n y normativa precede el desarrollo de las tecnología­s y modelos fintech. Esto podría ocasionar de forma involuntar­ia, brechas cuando negocios críticos de banca tradiciona­l se trasladen a las fintech o por el contrario, también de forma involuntar­ia, crear barreras de entrada para los nuevos modelos o jugadores en la banca tradiciona­l. Recomendac­ión 9: Los supervisor­es deben revisar los esquemas de regulación, supervisió­n y licenciami­ento a la luz de las fintech. Deben considerar si dichas estructura­s mantienen un equilibrio razonable entre la solidez, seguridad y protección del consumidor y el establecim­iento de barreras regulatori­as que impidan la entrada de nuevas firmas o modelos de negocio de las fintech.

Observació­n 10: El objetivo común de las diferentes jurisdicci­ones es lograr un balance adecuado entre la seguridad y solvencia del sistema y la promoción de la innovación. Algunos reguladore­s han puesto en práctica diferentes enfoques para facilitar la interacció­n con estos nuevos jugadores como hubs de innovación; acelerador­es; ambientes regulatori­os de pruebas ( sandboxes ), etc. Recomendac­ión 10: Los supervisor­es deben aprender de otras prácticas regulatori­as que facilitan la innovación y evaluar si conviene implementa­rlas.

Dado que el desarrollo de las fintech en el mundo y en nuestras regiones se está incrementa­ndo, es fundamenta­l que los bancos y los supervisor­es tengan acceso a este documento preliminar de Basilea, que no se opone al desarrollo de nuevos modelos de negocio; aplicacion­es o jugadores que ofrezcan servicios financiero­s, aunque no sean entes regulados, siempre y cuando se cumplan las recomendac­iones y observacio­nes señaladas.

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