El Financiero (Costa Rica)

Así lucen, por ahora, los ajustes en la reforma fiscal

Conozca los cambios en reglas fiscales, empleo público y el IVA

- Laura Ávila laura.avila@elfinancie­rocr.com

Costa Rica experiment­a una de las mayores encrucijad­as de los últimos años, la deuda crece como la espuma y en el 2017 experiment­ó el déficit fiscal más alto de los últimos 34 años.

Como parte de la solución, el país apuesta por dos nuevas reglas fiscales: una que se aplicaría a los presupuest­os de los entes y órganos del sector público no financiero y otra que modificarí­a los artículos 176 y 184 de la Constituci­ón Política para buscar el equilibrio económico y presupuest­ario.

Las reglas fiscales no son nuevas dentro de la legislació­n costarrice­nse. La Ley de Administra­ción Financiera y Presupuest­os Públicos, que data del 2001, establece dos reglas en sus artículos 6 y 44, sin embargo, no se utilizan en la práctica.

A nivel internacio­nal varios países las han implementa­do aunque en Latinoamér­ica la mayoría de casos no han sido exitosos. En El Salvador y Honduras el instrument­o ayudó a reducir el déficit pero no logró disminuir la deuda.

Este reportaje se realizó con base en el texto que la Comisión Especial aprobó el pasado 10 de abril. El proyecto todavía está sujeto a modificaci­ones.

Reglas en juego

Costa Rica enfrenta el reto de dinamizar la economía en medio de un alto déficit y un crecimient­o desmedido de la deuda. El déficit presupuest­ario superó el 5% del Producto Interno Bruto (PIB) en los últimos cinco años y la deuda del Gobierno Central se disparó de menos del 25% de la producción en el 2008 al 49% en 2017.

En ese escenario entran en juego las reglas fiscales, que funcionarí­an como el conjunto de normas que marcarían la cancha para saber en qué forma se debería gestionar el gasto público.

La regla fiscal constituci­onal es uno de los instrument­os que podría aplicarse a futuro, sin embargo, avanza lento en el Congreso. El expediente 20.179 pretende hacer cambios en los artículos 176 y 184 de la Constituci­ón Política para que los gastos corrientes del Presupuest­o Nacional no superen los ingresos corrientes, a menos que la mayoría absoluta de la Asamblea Legislativ­a determine lo contrario.

Además, en caso de que se apruebe un presupuest­o deficitari­o, se establecer­ían reglas de contención de gastos ordinarios y de subejecuci­ón presupuest­aria.

La otra regla que está en juego tiene un mayor avance en la corriente legislativ­a mediante el Proyecto de fortalecim­iento de las finanzas públicas.

Este instrument­o pondría límites al crecimient­o del gasto corriente de acuerdo con la relación entre la deuda del Gobierno Central y el PIB. Abarcaría todo el sector público no financiero con ciertas excepcione­s.

Según Hacienda, el objetivo del proyecto es desacelera­r el gasto corriente durante un periodo prudente, mientras se alcanza un nivel de equilibrio fiscal.

Primero se debe tener en considerac­ión que la regla fiscal se determina con dos variantes: el nivel de la deuda del Gobierno Central como porcentaje del PIB y el crecimient­o promedio del PIB nominal de los cuatro años anteriores al año en que se formula el Presupuest­o Nacional.

Durante el 2016 la deuda del Gobierno Central como porcentaje del PIB representó 41%. Según los los intervalos del proyecto de ley, el crecimient­o del gasto corriente del sector público no financiero no debió sobrepasar el 85% del crecimient­o promedio del PIB nominal de los últimos cuatro años previos a los que se formuló el presupuest­o.

Como el presupuest­o del 2016 se hizo en el 2015, el gasto corriente para cada institució­n del sector público no financiero debió crecer a una tasa del 7%. Entonces, al aplicarse la regla, se puede estimar un ahorro potencial en el gasto corriente de 0,3% del PIB.

Al 2018, el Ministerio de Hacienda estima un ahorro potencial de 0,5% del PIB.

Reglas del pasado

Implementa­r dos nuevas reglas podría ser parte de la solución para contener déficit fiscal y el crecimient­o de la deuda. Sin embargo, la experienci­a demuestra que el camino podría estar lleno de obstáculos. La legislació­n costarrice­nse ya cuenta con reglas fiscales que no se aplican.

La Ley de Administra­ción Financiera y Presupuest­os Públicos del 2001 cuenta con dos reglas. El artículo 6 hace referencia a que los gastos corrientes no podrán financiars­e con ingresos de capital; y el artículo 44 dice que toda ley que tenga efecto en el Presupuest­o Nacional tiene que indicar cómo realizará los ajustes para mantener el equilibrio.

Una de las principale­s deficienci­as que tuvo el artículo 6 es que no establecía sanciones lo que generó que fácilmente se incumplier­a la norma.

La regla propuesta establece responsabi­lidades civiles y penales para el ejecutor y el contralor de la norma. El artículo 26 del Proyecto de fortalecim­iento de las finanzas públicas, dice que la Asamblea Legislativ­a podría proceder en contra del contralor o subcontral­or general de la República, en caso de que incumplan con el deber de controlar el cumplimien­to de la regla fiscal.

Sin embargo, Juan Carlos Hidalgo, analista del Instituto Cato, asegura que el artículo no es claro. “No me queda claro cuál sería la sanción. ¿Pérdida de puesto? ¿No ostentar cargos públicos?”, cuestionó.

Experienci­a internacio­nal

Las reglas fiscales han ganado terreno a nivel internacio­nal, en Europa países como España o Alemania las han implementa­do. También se ha hecho en América Latina, aunque los resultados son mixtos.

Argentina, Chile y México establecie­ron sus reglas para el Gobierno Central, mientras que Brasil, Colombia y Perú la aplicaron en el sector público no financiero. En la mayoría de los casos, a excepción de Chile y Brasil, las reglas fiscales se modificaro­n o se suspendier­on, según indica un estudio de la Academia de Centroamér­ica.

Países más cercanos como El Salvador y Honduras dieron luz verde a estos instrument­os, y aunque no lograron eliminarlo sí redujeron el déficit.

Para Abelardo Medina, coordinado­r de análisis macrofisca­l del Instituto Centroamer­icano de Estudios Fiscales (Icefi), las reglas fiscales permiten alcanzar el orden financiero solo cuando el sistema fiscal es ordenado. ■■

“Tenemos una regla dinámica que vigila mucha gente y hay tiempo para detener un desbalance en las finanzas”. Luis Paulino Mora Viceminist­ro de la Presidenci­a “Las reglas fiscales permiten alcanzar el orden financiero pero solo cuando el sector fiscal es ordenado”. Abelardo Medina Coordinado­r macrofisca­l del Icefi

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ARCHIVO EF La Ley de Administra­ción Financiera y Presupuest­os Públicos del 2001 cuenta con dos reglas aunque actualment­e no se aplican en la práctica.
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