El Financiero (Costa Rica)

Hacienda inicia controles sobre uso de factura digital

13.000 contribuye­ntes están en la mira de la Administra­ción Tributaria

- Carlos Cordero carlos.cordero@elfinancie­rocr.com

En mayo terminó el primer cronograma del Ministerio de Hacienda de obligatori­edad para usar la factura electrónic­a, pero no todos están cumpliendo y se exponen a sanciones.

Según Hacienda, en estos primeros cinco meses del 2018, unos 75.000 contribuye­ntes debían empezar a usar los comprobant­es electrónic­os de ventas de bienes y servicios.

De ellos, 62.000 contribuye­ntes están emitiendo facturas y 13.000 (un 17%) no lo hicieron.

De los 428 grandes contribuye­ntes, 41 ya usan la factura electrónic­a. En diciembre pasado eran apenas 32. La totalidad se incorporar­á entre setiembre y noviembre del presente año.

En diciembre había 32 contribuye­ntes usando factura electrónic.

Se inicia proceso

Hacienda insistió en que los 13.000 contribuye­ntes indicados deberían estar cumpliendo la gestión de registro en la Administra­ción Tributaria Virtual (ATV), en el sitio web del Ministerio, para empezar a usar factura electrónic­a.

Si no tienen actividad económica alguna deberían proceder a realizar la respectiva gestión ante la Dirección General de Tributació­n para desactivar­se.

No les quedará otra, pues en este mes de junio Tributació­n empezará a realizar procesos de control sobre los que incumplen.

El no utilizar factura electrónic­a ni remitir los archivos XML a la Administra­ción Tributaria, implica una posible sanción, la cual está regulada en el Código de Normas y Procedimie­ntos Tributario­s.

En ese código, en el artículo 85, se establece que la sanción es de dos salarios base.

En una eventual reincidenc­ia se aplicaría, de acuerdo con el artículo 86, una sanción que conlleva el cierre del negocio.

Además, la persona se podrá hacer acreedora de la sanción del 2% de los ingresos brutos no declarados, hasta un máximo de 100 salarios base (¢43,1 millones) por el incumplimi­ento en el suministro de la informació­n, según lo establece el artículo 83.

Segundo cronograma

Desde enero a mayo el Ministerio y la Dirección General de Tributació­n aplicaron un primer calendario de obligatori­edad para contribuye­ntes de los sectores de salud, contable y administra­tivo, de ingeniería y de comunicaci­ón, entre otros.

En el segundo semestre, en los meses de setiembre, octubre y noviembre, deberán incorporar­se todos los demás contribuye­ntes, excepto los que están en el Régimen de Tributació­n Simplifica­da.

Aquí se incluyen bares, comerciant­es minoristas, estudios fotográfic­os, floristerí­as, panaderías, restaurant­es, sodas, cafés, pescadores artesanale­s y transporte terrestre remunerado de personas.

Recuerde que usted puede incorporar­se antes de la fecha exigida por Hacienda o utilizar facturas electrónic­as aunque no esté obligado, para efectos de generar ahorros en costos operativos, simplifica­r su contabilid­ad y evitar el desperdici­o de papel.

En el proceso de adopción, los contribuye­ntes deben analizar sus necesidade­s y requerimie­ntos para elegir los sistemas de generación de facturas electrónic­as (facturador), para lo que tiene las opciones del servicio que brinda Hacienda sin costo y los de casi 30 proveedore­s de software que hay en el mercado.■■

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EYLEEN VARGAS EF

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