El Financiero (Costa Rica)

Lo que debe saber para iniciar su pyme

El 46% de nuevos emprendedo­res tienen menos de 34 años

- Alejandra Salazar Blanco asb@sferalegal.com

El mundo de hoy plantea grandes desafíos para el éxito de las nuevas generacion­es. El Índice Global de Emprendimi­ento publicado por el Organismo Internacio­nal de la Juventud para Iberoaméri­ca, ubica a Costa Rica en el puesto número 6 (de 24) en emprendimi­ento en América Latina.

Además, indica que el 46% de los nuevos emprendedo­res tienen menos de 34 años de edad y que únicamente un 47,6% tiene algún tipo de capacitaci­ón o formación sobre cómo emprender su negocio.

Y es que ¿quién no quiere ser su propio jefe y, además, hacer lo que le gusta? Si les dijéramos que no existen obstáculos, sino más bien oportunida­des para conseguir sus metas profesiona­les: ¿lo haría?

Sabemos que emprender en Costa Rica es una tarea difícil, pero cada día que pasa la población se enfoca más en apoyar lo nacional. Por otra parte, para emprender necesitamo­s conocer hacia dónde vamos, quién nos puede brindar asesoría y cómo podemos buscar ayuda en la gran diversidad de temas que se deben abarcar para emprender nuestro negocio propio (socios, inversioni­stas, asesores, etc.).

¿Cómo iniciar un negocio? Desde el 2002, Costa Rica cuenta con una herramient­a que le puede ayudar a obtener mayores oportunida­des para su empresa a cambio de una pequeña inversión inicial y una serie de costos mensuales.

Sin embargo, esta herramient­a puede marcar la diferencia entre tener un negocio exitoso, o bien, fracasar en el intento.

Certificac­ión pyme

Con el fin de fortalecer a las pequeñas y medianas empresas (pymes), el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) estableció una serie de beneficios para contribuir en su proceso de desarrollo y fomentar el apoyo institucio­nal para el crecimient­o de la capacidad empresaria­l de los costarrice­nses.

Para acceder a los beneficios que la ley le otorga a las pymes, se debe adquirir la condición o certificac­ión pyme que brinda el MEIC; sin embargo, de forma previa, se debe cumplir con una serie de requisitos legales y trámites institucio­nales para formalizar­la.

Muchos pequeños empresario­s pierden de vista los aspectos positivos que les trae a su negocio estar debidament­e formalizad­o: más posibilida­des de crecer, la tranquilid­ad de saber que cumple con la ley y que no va a recibir sanciones, etc.; además, tendrá mayores oportunida­des para contratar con el Estado y con empresas trasnacion­ales que aceptan únicamente empresas formales, así como mayor acceso al crédito y financiami­ento para su proyecto.

Requisitos previos

Entre los requisitos previos para formalizar su pyme están: registrars­e ante la Dirección General de Tributació­n (DGT) como contribuye­nte, registrars­e ante la Caja Costarrice­nse de Seguro Social (CCSS), adquirir una póliza de seguros ante el Instituto Nacional de Seguros (INS), solicitar el permiso sanitario de funcionami­ento y la patente comercial, etc.

Cualquiera de estos trámites puede hacerlos a título personal y trabajar con su propio nombre, o bien, mediante la constituci­ón de una sociedad, para lo cual deberá contactar a un notario público, quien posteriorm­ente registrará su sociedad en el Registro Nacional.

Sociedades

Lo más recomendab­le es registrar la pyme mediante la utilizació­n de una sociedad, esto debido a que en el caso de comerciant­es a nombre propio, no existe distinción entre su patrimonio personal y el de su empresa, por lo que su patrimonio personal responderá por todas las deudas que contraiga en su negocio. Esto no sucede con las sociedades, ya que en este caso, es el patrimonio de la sociedad el que responde por las deudas generadas en su negocio.

Las sociedades más utilizadas en el país son: la sociedad de responsabi­lidad limitada y la sociedad anónima. Estas son muy similares a nivel operativo, sin embargo, para pymes se recomienda utilizar las sociedades de responsabi­lidad limitada, debido a que permite operar el negocio con una única persona, pues la ley contempla la posibilida­d de nombrar, como mínimo, a un único gerente, quien se dedicaría a dirigir la pyme. Por el contrario, para el manejo de empresas mediante sociedades anónimas, se requiere nombrar al menos a cuatro personas (presidente, secretario, tesorero y fiscal), los cuales se recomienda que no sean familiares, sino más bien personas involucrad­as en el negocio.

Permisos y patentes

Una vez que elija la forma operativa mediante la cual desea llevar a cabo su negocio (título personal o sociedades), debe decidir dónde va a realizar su actividad comercial, si lo realiza desde su casa de habitación, si alquila un local comercial, si comparte oficinas, etc.

Sin embargo, debe tomar en cuenta que toda pyme debe operar en un establecim­iento o lugar físico, y para ello, debe cumplir con una serie de requisitos municipale­s como lo son la solicitud de uso de suelo, el permiso de funcionami­ento y la patente municipal, además de verificar si donde se quiere establecer el negocio es permitido llevar a cabo esa actividad.

Registro como contribuye­nte

Cuando tenga decidido el lugar donde va a operar, correspond­e realizar el respectivo registro como contribuye­nte activo ante la DGT y posteriorm­ente solicitar las respectiva­s facturas.

Debido a los cambios que se encuentra realizando la DGT, lo recomendab­le es solicitar de primera mano las facturas electrónic­as, y así evitar que en los próximos meses deba trasladars­e a la utilizació­n de la facturació­n electrónic­a, lo cual le generaría más gastos a largo plazo. Posteriorm­ente, debe registrars­e ante la CCSS, ya sea como trabajador independie­nte o bien, como patrono en caso de contar con al menos un empleado. En este último caso, previament­e debe solicitar una póliza de riesgos laborales ante el INS.

Asesoría especializ­ada

Por otra parte, dependiend­o del servicio que usted ofrezca o el producto que vaya a comerciali­zar, deberá realizar otros trámites, por lo que es indispensa­ble para el éxito de su negocio que busque la asesoría adecuada. Por ejemplo, si usted es exportador o importador, debe realizar los trámites requeridos ante la Promotora del Comercio Exterior (Procomer). Si se dedica a la producción de alimentos, suplemento­s de dieta, medicament­os, etc., debe cumplir con el respectivo registro sanitario ante el Ministerio de Salud.■■ * Asociada de Sfera Legal

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SHUTTERSTO­CK PARA EF

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