El Financiero (Costa Rica)

CCSS modificarí­a cargas sociales para microempre­sas

Explicamos quién se beneficia del nuevo reglamento y cómo

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el certificad­o como microempre­sa ante el MEIC. Tres requisitos son necesarios: 1) que la compañía esté inscrita ante el Ministerio de Hacienda, 2) que cuente con un seguro de riesgos de trabajo y 3) que la empresa esté inscrita ante la CCSS.

Si las empresas cumplen con al menos los dos primeros requisitos, pueden empezar el trámite. La vía puede ser web (www.siec.go.cr) o presencial en las oficinas del Ministerio.

En la página web, deberá crear un usuario y contraseña. Además, es importante que tenga a mano la declaració­n jurada de Hacienda, así como la constancia del seguro de riesgos laborales.

El interesado debe descargar el formulario pyme. En él le van a solicitar detalles como ubicación de la empresa, nombre, cantidad de empleados, ventas y activos, entre otros. Una vez completo, este se firma, se escanea y se sube nuevamente al portal.

El MEIC tiene cinco días hábiles para finiquitar el trámite.

En el caso de las microempre­sas que deben registrase ante el MAG, es necesario asistir a la Agencia de Extensión Agropecuar­ia más cercana del lugar donde se ubica la finca. Se debe presentar la de ubicación de la finca y datos personales del propietari­o.

Si el terreno es alquilado, debe aportarse un documento de arriendo. Igualmente, son necesarios El nuevo reglamento implica un pago diferencia­do, exclusivam­ente en el 14% que se cotiza por el seguro de salud de cada trabajador.

Del 14% del seguro de salud, un 9% corre por cuenta de los patronos. Este porcentaje se calcula con base en el salario de cada empleado. Es sobre ese número que el nuevo reglamento presenta cambios a la baja.k Vea tabla “Beneficio de pymes...”.

Los patronos que inscriban sus microempre­sas ya no van a tener que pagar el 9%, sino que durante el primer año inscrito como pyme (a partir de la entrada en vigencia del reglamento) solo pagará 4,25% por cada trabajador. El segundo año, el monto sube a 5,25%. En el tercer año pasa a 6,25% y en el cuarto y último año, el patrono pagará 7,25%.

Para el quinto año, la tarifa se ajustará al 9% establecid­o por ley para el resto de las empresas. El objetivo del nuevo reglamento, es aumentar la cobertura contributi­va del Seguro de Salud y del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM). Además, con el crecimient­o en los contribuye­ntes, buscan contribuir a la formalizac­ión de la microempre­sa.

Las microempre­sas representa­n el 86% de las empresas informales en Costa Rica.

Las ventajas para los patronos principalm­ente son monetarias pues se reduce la cantidad de dinero que deberán pagar para asegurar a sus trabajador­es. Por otro lado estos patronos, mejorarán la calidad de vida de sus empleados, al darles acceso al sistema de salud.■■

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