El Financiero (Costa Rica)

Incumplimi­entos con factura digital

- Ana Elena Carazo legales@elfinancie­rocr.com Pricewater­houseCoope­rs

La generalida­d de las empresas deberá emitir y recibir comprobant­es electrónic­os a partir del primero de noviembre de este año.

Únicamente aquellas exceptuada­s por la normativa tributaria, no deberán emitir este tipo de comprobant­es. Estas excepcione­s se encuentran contemplad­as principalm­ente en el artículo 11 del Reglamento a Ley de Impuesto sobre la Renta.

Entre estas excepcione­s, se encuentran los contribuye­ntes del Régimen Simplifica­do, las personas físicas que intervenga­n en la producción de productos agrícolas (aquellos provenient­es de un activo biológico, animal vivo o una planta, si únicamente se dedican a esa actividad), las personas físicas o jurídicas dedicadas al transporte remunerado de personas y los productos agrícolas.

Sin embargo, al tener los comprobant­es electrónic­os la doble vertiente de emisor y de receptor de gasto, la excepción de emitirlos, no alcanza las obligacion­es de receptor, por lo que deberán cumplir sus deberes de registrar sus operacione­s con base en los comprobant­es electrónic­os recibidos y validados.

El incumplimi­ento de las obligacion­es de emitir los comprobant­es electrónic­os, o de validar el gasto conllevan importante­s consecuenc­ias para las empresas en términos de multas.

El Código de Normas y Procedimie­ntos Tributario­s contempla las sanciones por la no emisión o entrega de factura autorizada. Se establece una multa de dos salarios base (actualment­e el salario base es de ¢431.000) y el cierre de negocio por un plazo de hasta cinco días, en el caso de reincidenc­ia.

Mientras que si no se cumplen con los requisitos de documentac­ión y validación que están estipulado­s para el receptor del comprobant­e , la Administra­ción Tributaria podrá rechazar las deduccione­s o créditos para la determinac­ión de las bases imponibles del impuesto sobre la renta y del impuesto general sobre las ventas, según la resolución Nº DGT-R-48-2016.

 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Costa Rica