El Financiero (Costa Rica)

El abecé del Régimen de Tributació­n Simplifica­da

Mecanismo es ideal para pequeñas y medianas empresas

- Manuel Avendaño Arce manuel.avendano@elfinancie­rocr.com ¿Qué es el Régimen de Tributació­n Simplifica­da ¿Cuáles son los requisitos para ingresar y mantenerse en este régimen? ¿Cuáles formalidad­es debe cumplir la persona o negocio dentro del régimen simplif

Quizás después de comprar algo en un pequeño negocio usted pidió factura electrónic­a y la respuesta del comerciant­e fue: “no tengo, es que estoy en el Régimen de Tributació­n Simplifica­da”.

Pero, ¿qué es esto y cómo funciona?

La implementa­ción de la Ley de Fortalecim­iento de las Finanzas Públicas (9.635) introdujo algunas considerac­iones que los propietari­os de pequeños negocios deben tener presente si utilizan este sistema.

Con la ayuda de tres especialis­tas en derecho tributario y contabilid­ad, EF le explica todo lo que debe saber sobre este régimen de declaració­n y pago de impuestos.

Se trata de un régimen que le permite a los pequeños contribuye­ntes cumplir con la declaració­n y el pago de sus impuestos de una forma más sencilla.

El objetivo final es simplifica­r las obligacion­es tributaria­s y la contabilid­ad de los negocios que se acojan a este sistema.

Pueden ingresar las empresas que cumplan con los requisitos de forma voluntaria.

“Para entender este régimen se tiene que tomar en considerac­ión la naturaleza jurídica y fiscal. En primer lugar pueden pertenecer al régimen personas jurídicas y físicas que realicen actividade­s de industria, comercio y servicios, considerad­os de bajo impacto fiscal pero formalizad­as dentro de las estructura­s legales establecid­as”, explicó Jorge Araya, académico de la carrera de contaduría de la Universida­d Fidélitas.

El segundo aspecto que se debe tomar en cuenta es que se trata de empresario­s o emprendedo­res que pueden llevar –por sí mismos– el control contable de sus compras, registros y pago de impuestos.

Las condicione­s más importante­s para ingresar y mantenerse en el régimen simplifica­do son:

Actividade­s permitidas: el régimen está destinado a actividade­s productiva­s y comerciale­s de bajo impacto monetario, como bares, cantinas, sodas, restaurant­es, comercio minorista (pulperías, ferretería­s, carnicería­s, tiendas, licoreras y similares), fábricas artesanale­s de barro, panaderías, mueblerías, calzado, talleres de metales, transporte público en modalidad de taxis, pescadores y pequeños productore­s agrícolas.

Compras anuales: el monto no puede exceder los150 salarios base (¢66.930.000 para el 2019).

Número de empleados: cinco trabajador­es declarados ante la Caja Costarrice­nse de Seguro Social (CCSS).

Activos: no pueden superar la suma de 350 salarios base (¢156.170.000).

Otros requisitos: cumplir y mantener aspectos específico­s cuando se trata de actividade­s pesqueras, agrícolas o de transporte público en la modalidad de taxis.

Si una empresa está registrada en este sistema pero incumple con alguno de los requisitos, la Dirección General de Tributació­n (DGT) puede reclasific­arla y trasladarl­a a otro régimen tradiciona­l sin derecho a oponerse o solicitar revisión. Así se establece en el artículo 42 de la reforma fiscal.

Estas son las formalidad­es de acuerdo con la explicació­n de Jorge Araya:

Tener acceso a su cuenta de la Administra­ción Tributaria Virtual (ATV).

Contar con talonarios de facturas en físico o preimpresa­s. Las facturas se deben emitir en dos supuestos importante­s: cuando los contribuye­ntes lo soliciten y obligatori­amente en las ventas superiores al 5% de un salario base (¢22.310).

Emitir las facturas por monto brutos. No es necesario que se detalle el Impuesto al Valor Agregado (IVA). En este caso se parte del supuesto de que su precio de venta es el precio total de sus compras.

Llevar un auxiliar de compras del trimestre en el libro debidament­e autorizado.

Presentar y cancelar las dos declaracio­nes trimestral­es que genera el régimen (IVA y renta) en los meses de marzo, junio, setiembre y diciembre de cada año, dentro de los primeros 15 días hábiles después del cierre de cada periodo.

Se debe declarar y pagar el tributo sobre la renta y el IVA de

Newspapers in Spanish

Newspapers from Costa Rica