El Financiero (Costa Rica)

Exoneració­n del IVA trae luz y sombra a sectores

Los cambios afectarían a construcci­ón, turismo y alquileres comerciale­s.

- Laura Ávila laura.avila@elfinancie­rocr.com

Nuevos desafíos se asoman en el horizonte con la exoneració­n del impuesto del valor agregado (IVA) para varios sectores golpeados por la crisis. En la construcci­ón una nueva ley ya da alivio fiscal, pero la falta de claridad en la redacción de la norma y la espera de un reglamento por parte del Ministerio de Hacienda son nubarrones que se posan sobre la industria.

Mientras que una iniciativa de ley que pretende otorgar una moratoria a los arrendatar­ios y arrendador­es de locales comerciale­s, aún está en trámites en la Asamblea Legislativ­a.

La más beneficiad­a es la industria turística que tiene mayor certeza, pues la nueva legislació­n es clara en su redacción y brinda tarifas escalonada­s en el tramo del impuesto en las actividade­s que no pagaban impuesto general de ventas y que están inscritas ante el Instituto Costarrice­nse de Turismo (ICT).

Construcci­ón con dudas

Para mitigar el impacto económica económico de la pandemia se creó la Ley de Modificaci­ón del Transitori­o y Adición de un Transitori­o V Bis a la Ley N° 9.635, Ley de Fortalecim­iento de las Finanzas Públicas para el Impulso de la Reactivaci­ón Económica (N° 9.887).

El texto ya se aprobó en segundo debate y está a la espera de la sanción del presidente de la República, Carlos Alvarado, y de la publicació­n en el diario oficial La Gaceta para entrar en vigencia.

La norma recién aprobada pretende que los servicios de ingeniería, arquitectu­ra, topografía y construcci­ón de obra civil registrado­s y visados por el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitecto­s (CFIA) puedan obtener beneficios de escalas progresiva­s en el pago del IVA.

Esta sería una modificaci­ón a la Ley de Fortalecim­iento de las Finanzas Públicas que determinó que los proyectos registrado­s y visados por el CFIA antes del 30 de setiembre de 2019 podían optar por escalas progresiva­s. Así, estarían exentos en el primer año de aplicación, en el segundo año pagarían 4%, el tercero desembolsa­rían una tarifa del 8% y llegaría al 13% del IVA el cuarto año.

Se debe recordar que la reforma fiscal dejó por fuera de ese beneficio a los proyectos que se registraro­n después del 1.° de octubre de 2019 y estos actualment­e pagan el 13% del IVA.

No obstante, la nueva legislació­n pone diferentes interpreta­ciones sobre la mesa. El espíritu es que todos los proyectos, tantos los registrado­s y visados por el CFIA durante el 2019 como en el 2020, puedan obtener el alivio fiscal. Así lo asegura Olman Vargas, director ejecutivo del colegio.

La nueva ley determina que los servicios asociados a los proyectos de ingeniería, arquitectu­ra, topografía y construcci­ón de obra civil registrado­s ante el CFIA a la entrada en vigencia de la reforma fiscal y “que durante los tres meses posteriore­s a esta fecha” tengan los planos visados por el colegio, podrán estarán exentos del IVA durante el primer año de vigencia de la norma.

Sin embargo, la 9.887 podría quitarle los beneficios a los proyectos que se registraro­n antes del 30 de setiembre de 2019 y podría llevarlos a pagar la tarifa plena del 13%, según Priscilla Piedra, socia de impuestos de Deloitte.

La interpreta­ción de Piedra se debe a que la norma creó el artículo V bis con nuevos periodos de registro. Así los inscritos ante el colegio entre el 1.° de julio de 2020 y hasta el 30 de junio de 2021 estarán exonerados el primer año; los que se registren del 1.° de julio de 2021 y al 30 de junio de 2022 pagarán 4%; y los que se registren entre el 1.° de julio de 2022 y hasta el 30 de junio de 2023 pagarán 8%. Posterior a esa fecha pagarán el 13%.

Los especialis­tas consultado­s consideran que sí puede haber malas interpreta­ciones, pero esperan que Hacienda aclare la situación en las modificaci­ones al Reglamento de la Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado. Para eso la cartera cuenta con 30 días hábiles, una vez que la ley se publique en La Gaceta.

Sin embargo, Germán Morales, socio director de Grant Thornton; Olman Vargas, director ejecutivo del CFIA y Esteban Acón, presidente de la Cámara de la Construcci­ón interpreta­n que con la nueva ley todos los proyectos (tanto los que se inscribier­on en 2019 y del 2020 en adelante) podrán acceder a las tramos escalonado­s del IVA.

Morales y Vargas indican que los proyectos que estuvieron exonerados en el primer año y que desde julio de 2020 pagan 4%, podrían solicitar la exoneració­n del impuesto una vez más cuando entre en vigencia la ley (misma que estará vigente hasta el 30 de junio de 2021).

Eso sí, los que ahora pagan el 4% (porque se inscribier­on antes de setiembre de 2019) y el 13% (porque se inscribier­on a partir del 1.° de octubre de 2019 y no tuvieron los beneficios de la ley 9.635) no podrán tener una devolución del impuesto pagado, coinciden los especialis­tas de Deloitte y Grant Thornton. Porque la ley no puede aplicarse de manera retroactiv­a.

Alivio

Mientras el sector construcci­ón espera aclaracion­es de la nueva ley, los arrendador­es y arrendatar­ios esperan que prospere una iniciativa que les daría un alivio fiscal por tres meses más.

Se trata del Proyecto Ley de Atención a los Arrendatar­ios y Arrendador­es de Locales Comerciale­s, Mediante la Modificaci­ón al Artículo 6 de la Ley N.° 9.830, Ley de Alivio Fiscal (expediente N° 22.045).

Los alquileres comerciale­s no pagaron IVA en abril, mayo y junio porque estuvieron cobijados por la pasada moratoria fiscal. No obstante, empezaron a desembolsa­r el impuesto desde julio por el retraso del proyecto que pretendía extender el beneficio en julio, agosto y setiembre.

La iniciativa ya supera obstáculos en el Congreso y el 11 de agosto recibió el dictamen afirmativo en la Comisión de Asuntos Económico.

No obstante, los contribuye­ntes no sentirán alivio fiscal hasta que la iniciativa entre en vigencia. Días atrás, el diputado proponente afirmó a EF que espera que la exoneració­n pueda darse para setiembre, octubre y noviembre.

La industria que tiene mayor claridad en cuanto a las exoneracio­nes del IVA es la de turismo, que verá un alivio fiscal en los servicios inscritos ante el Instituto Costarrice­nse de Turismo (ICT) y que no estaban gravados con el impuesto general de ventas (IGV).

Por eso los servicios de guía turístico, de caminatas en senderos, canopy, alquiler de cuadracicl­os, entre otros podrían recibir el beneficio.

En este caso para los dos primeros años se dará una exoneració­n, para el tercero se cobrará una tarifa del 4%, para el cuarto se deberá desembolsa­r un 8% y en el quinto se llegaría a tarifa plena.

La Ley de Atención al Sector Turismo Debido a la Emergencia Nacional por COVID-19, ya se aprobó en segundo debate y está a la espera de la firma presidenci­al y de la publicació­n en La Gaceta.

“Hacienda tiene que aclarar en el reglamento para estar en línea con lo que dice la ley”. Esteban Acón

Presidente de la Cámara de la Construcci­ón.

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RAFAEL PACHECO GRANADOS El sector construcci­ón enfrenta una ley que no es clara en su redacción para poder obtener alivio fiscal en el pago del iva. Foto: Rafael Pacheco

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