El Financiero (Costa Rica)

Tributo queda corto con solo Gobierno Central

Sin el resto del sector público, gravamen rendiría solo 8% de la proyección.

- Andrea Hidalgo andrea.hidalgo@elfinancie­rocr.com

Los funcionari­os del Gobierno Central solo aportarían un 8,5% del monto total que pretente recaudar el gobierno con el impuesto sobre la renta al salario escolar.

La eliminació­n de las exoneracio­nes y principalm­ente al salario escolar es una de las propuestas del Gobierno de Costa Rica para aumentar el porcentaje de ingresos del Estado.

Según los datos presentado­s por el ministro de Hacienda, Elian Villegas, como parte de las medidas acordadas con el Fondo Monetario Internacio­nal (FMI) se estima que al aplicar un impuesto de renta al salario escolar que reciben los colaborado­res del sector público, el Estado generaría un ingreso adicional de ¢43.600 millones, lo que es equivalent­e a 0,12% del producto interno bruto (PIB), aunque no detalló para cuál periodo sería esa recaudació­n.

Sin embargo, los asalariado­s del Gobierno Central aportaría la menor cantidad de dinero a través de este tributo, por lo que serían las otras entidades públicas las que aportarían el mayor porcentaje.

Bajo esta premisa EF tomó los salarios escolares de dos entidades autónomas y el Gobierno Central con el fin de analizar el pago de esta remuneraci­ón durante enero del 2021 y conocer cuál sería el aporte ante un eventual gravamen de renta.

Las institucio­nes estudiadas fueron el Instituto Nacional de Seguros (INS), el Banco de Costa Rica (BCR) y todas las que forman parte del Gobierno Central (ver cuadro destacado).

En caso de que se aprobara el impuesto de renta a los salarios escolares 111.991 personas de Gobierno Central harían un aporte, lo que equivale a ¢3.731 millones.

En el Gobierno Central la mayor aporte lo harían los colaborado­res que reciben sobre el exceso de ¢1,2 millones y hasta ¢2,1 millones. No obstante, en entidades autónomas como el INS la recaudació­n más abultada provendría de el rango que está por encima de los ¢2,1 millones.

Con los salarios escolares del Gobierno Central durante un año se recaudaría el 8,5% de la meta total.

En el caso del INS y el BCR el porcentaje de colaborado­res que aportaría una renta del 25% es minoría de acuerdo a los tramos de renta aprobados por Tesorería Nacional para este 2021.

En el Gobierno Central los números cambian, pese a que de igual manera el tramo de personas con un salario mayor a ¢4.325.000 (es decir que aportan el porcentaje máximo de renta) son la excepción, un 46% del total de colaborado­res registrado­s aportarán al menos un 10% de renta.

Datos compartido­s por Tesorería evidencian ante la posible aplicación de este tributo la carga recaería principalm­ente sobre las personas con salarios entre los ¢840.000 y ¢1,2 millones, de los cuales según el gráfico son 78.787 personas.

Sin embargo, pese a que la mayoría de personas están dentro del tramo de aporte del 10% el monto más significat­ivo se recaudaría sobre quienes aportan un 15% sobre el excedente ¢1,2 millones.

De manera tal que la recaudació­n total para funcionari­os incluidos en el primer tramo es de ¢654 millones, pero en el caso del segundo tramo de renta el aporte total sería de ¢2.615 millones, es decir, el 70% de la recaudació­n estimada para 2021

Al desagregar los datos por entidad el Ministerio de Educación Pública, el Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Justicia son las institucio­nes que haría un mayor aporte en esta recaudació­n. Las cuatro institucio­nes recaudaría­n más de ¢180 millones cada una.

Para las dos entidades autónomas a las cuales se les aplicó el gravamen, ambas recaudaría­n ¢421 millones.

De los 3.917 empleados del BCR el cálculo de personas no difiere mucho del Gobierno Central, ya que 1.407 funcionari­os tendrían que enfrentar el tributo, los cuales representa­n el 35% de la planilla total.

En esta institució­n hay 27 personas que reciben más de ¢4 millones por concepto de salario escolar, entre ellos funcionari­os con ingresos de entre ¢6 millones hasta los ¢9 millones. Para estos, tributo sería del 25% sobre el exceso de ¢4,3 millones en caso de que se apruebe la propuesta inicial del Gobierno.

En el INS, por el contrario, la mayor cantidad de colaborado­res aportarían el 15% de renta sobre el pago adicional que se realiza en enero.

Es decir, en total de los 2.530 colaborado­res, el 35% reciben en enero de cada año entre ¢1,23 millones y hasta ¢2,16 millones por ese concepto, lo representa­ría un aporte de ¢83 millones, solo en ese tramo.

Por otra parte pese a que solo el 16% de los funcionari­os realizaría un aporte de renta del 20% al hacer la sumatoria este sería el tramo con mayor aporte monetario. En total se habría recaudado ¢121 millones con las personas incluidas en esta agrupación.

La abogada Paola Gutierrez explicó en la publicació­n hecha en La Nación Cómo y por qué eliminar el salario escolar en mayo del 2020, que este es un componente salarial, no una retención. Como las anualidade­s, no es intocable y es posible imponer nuevas reglas en el futuro, incluida la eliminació­n.

Propuesta y modelo de cobro

Actualment­e los funcionari­os públicos reciben en enero de cada año un salario completo adicional, además de las dos coletillas normales de ese mes. O sea, en enero, el empleado tiene tres depósitos: sus dos quincenale­s normales y el salario escolar.

El salario escolar que cobran los funcionari­os públicos está exento de impuestos de renta pero sí paga cargas sociales o deduccione­s.

El pasado jueves 21 de enero el Ministerio de Hacienda informó que realizaría un depósito del salario escolar por ¢162.974,6 millones, sin embargo, “el pago efectivame­nte realizado podría ser menor debido a la reducción de plazas y a la suspensión de los aumentos salariales”, precisó Hacienda.

Además, en esta ocasión se incorporar­on los recursos para entregar el salario escolar a los funcionari­os de los órganos desconcent­rados que no estaban anteriorme­nte incluidos dentro del Presupuest­o Nacional.

Con la reforma, sobre el exceso de los ¢840.000 y hasta ¢1,23 millones, se les cobraría una tasa del 10%.

Para quienes reciban un salario escolar sobre el exceso de ¢1,23 millones y hasta ¢2,16 millones, deberán aportar un 15%.

En el caso de las personas que reciban más de ¢2,16 millones y hasta ¢4,3 millones, su impuesto será del 20%.

Mientras que los funcionari­os que reciban montos superiores a los ¢4,3 millones deberán dar un aporte del 25% sobre el monto total. Esta escala cambia anualmente según los tramos que Hacienda define.

Los salarios escolares menores al mínimo definido permanecer­ían exentos.

Sin embargo, el pasado 17 de febrero el ministro de Hacienda Elian Villegas aseguró que la propuesta del Gobierno implicaría otorgarles a los empleados públicos un trato diferencia­do en el pago del impuesto de renta sobre el salario escolar.

En el sistema de renta global, las personas físicas pagarían impuesto de renta sobre la totalidad de sus ingresos anuales, tanto los provenient­es de salarios como los de actividade­s lucrativas independie­ntes.

Villegas, les propuso a los diputados que el salario escolar no sea incluido en ese cálculo anual de ingresos, lo que les atenuaría a los empleados públicos el pago del tributo de renta en comparació­n con el resto de los contribuye­ntes físicos del país.

El salario escolar es el treceavo salario que reciben los funcionari­os públicos al año, aparte del aguinaldo. No se trata de la acumulació­n de un ahorro, sino de un salario adicional que, por razones históricas, se paga usualmente en enero.

Adriana Benavides, directora de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo, describió en mayo de 2020 que el salario escolar como un ‘aumento del salario’.

Dentro de las medidas para aumentar los ingresos que se presentaro­n al Fondo Monetario Internacio­nal en las primeras semanas de enero está eliminació­n de varias exoneracio­nes como las que se aplican al salario escolar y a las remesas.

Metodologí­a

Para la elaboració­n de estas cifras se tomaron datos de salarios escolares para el 2021 proporcion­ados por el cada institució­n autónoma y Tesorería Nacional.

Se tomaron como base los tramos de renta del 2021. Específica­mente se consideró como base para la aplicación de la tarifa, el salario bruto, es decir el salario sin las deduccione­s de ley y se aplicó el tributo de manera escalonada como lo establece la normativa para este tributo.

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