El Financiero (Costa Rica)

Reforma a la contrataci­ón pública rumbo a segundo debate

La iniciativa promete ahorros anuales de 1,5% del PIB

- Laura Ávila laura.avila@elfinancie­rocr.com Ana Lucía Delgado

Costa Rica está a punto de consolidar una transforma­ción integral en la actividad contractua­l que se realice con fondos públicos, pues el Proyecto Ley General de Contrataci­ón Pública (expediente N° 21.546) se enrumba a la votación en segundo debate.

El martes 20 de abril 42 diputados votaron de manera unánime a favor de la iniciativa que fue propuesta por Ana Lucía Delgado, diputada liberacion­ista.

Los congresist­as aspiraban votar la iniciativa en segundo debate el jueves 22 de abril, pero la discusión se pospuso luego de que votaran una moción de forma unánime para suspender la sesión de ese día, tras confirmar que un asesor clave del Congreso —que tiene contacto con casi todos los legislador­es— dio positivo por COVID-19.

Ahora una de las posibilida­des es que se vote en la última semana de abril. A pesar del retraso, el texto que ingresó a la corriente legislativ­a en agosto de 2019, ya se encuentra en la fase final.

“Lo que busca este proyecto de ley es poder heredar al país una reforma de Estado que tanto se necesita en el aprovision­amiento de obras, bienes y servicios, garantizan­do celeridad y eficiencia en la contrataci­ón. También acceso a la informació­n, publicidad, transparen­cia, rendición de cuentas y que exista una mayor competenci­a”, aseguró Delgado.

Una vez que se apruebe la iniciativa de ley deberán transcurri­r 18 meses para que entre en vigencia.

Más dientes

El expediente N° 21.546 pretende hacer los procesos de contrataci­ón administra­tiva más ágiles y eficientes. La futura legislació­n promete ahorrarle al país el 1,5% del Producto Interno Bruto (PIB) de manera anual.

Uno de los alcances de la iniciativa es que reduce las posibilida­des de que las institucio­nes públicas se contraten directamen­te.

“Un ejemplo hipotético, la Municipali­dad de San José contrata al ICE y no hay licitación pública, hay contrataci­ón directa ¿y qué pasa ahí? que las empresas privadas se ven afectadas”, manifestó Esteban Alfaro, doctor en derecho administra­tivo.

Con la futura ley una institució­n pública que desee contratar a otra entidad del Estado deberá encargarse de al menos el 70% de la obra contractua­l.

Crear una rectoría en materia de contrataci­ón pública también será posible, esto vendría a dar alivio a la Contralorí­a General de la República (CGR) que ahora tiene la tarea de resolver casos y a la vez marcar pautas en materia de contrataci­ón. Situación que convierte al ente contralor en una especie juez y parte, por la naturaleza de las tareas que le han sido asignadas

Para promover una mayor eficiencia en los procedimie­ntos de compras se aplicarán multas por recursos temerarios.

En recursos de objeción se aplicará el 0,5% del monto del umbral de la licitación mayor y del umbral superior de la licitación menor; mientras que en los recursos de apelación y revocatori­a la sanción será del 1% del monto del umbral de la licitación mayor y del umbral superior de la licitación menor y de la licitación reducida.

Otro alcance es que la futura ley aspira a emparejar la cancha al establecer un solo procedimie­nto de contrataci­ón administra­tiva. En la actualidad existen diversas leyes que regulan la contrataci­ón pública, situación que fomenta la dispersión normativa.

Entidades como el Instituto Costarrice­nse de Electricid­ad (ICE), el Instituto Costarrice­nse de Ferrocarri­les (Incofer), la Empresa de Servicios Públicos de Heredia (ESPH), Radiográfi­ca Costarrice­nse (Racsa) o el Instituto Nacional de Seguros (INS) aplican diferentes legislacio­nes para sus actividade­s contractua­les.

El expediente 21.546. pretende que la mayoría de las compras se realice mediante tres procesos ordinarios (mayor, menor, reducida), para dejar atrás los procesos de excepción.

La Ley de Contrataci­ón Administra­tiva (N° 7.494) —que está vigente hoy en día— permite la modificaci­ón de los contratos hasta en un 100%, tanto en monto como en plazo. No obstante, el texto que se discute en la Asamblea Legislativ­a establece un límite de modificaci­ón del monto y plazo hasta en 20%, y en ciertos casos excepciona­les permite hasta un máximo de 50%.

¿Por qué se debe esperar 18 meses?

Una vez que los diputados aprueben el texto en segundo debate, el próximo paso es que la ley sea sancionada por el Poder Ejecutivo. Posteriorm­ente deberán pasar 18 meses para que entre en vigencia, en caso de que se apruebe en abril de este año comenzaría a regir en octubre de 2022.

Este lapso se debe a que esta será una ley de alta complejida­d que requiere de reglamenta­ción para poder instrument­alizar cada una de las normas que contiene el proyecto de ley, comentó la diputada liberacion­ista.

“Es importante profesiona­lizar a las proveedurí­as, este es un cambio de paradigma en las compras públicas y el Ministerio de Hacienda tendrá un trabajo importantí­simo en la dirección general”, agregó.

La CGR tendrá un papel prepondera­nte en cuanto a la reglamenta­ción. La autoridad de compras públicas estará conformada por el ministro de Hacienda, el titular de Planificac­ión, y el jerarca de Ciencia y Tecnología.

“Lo que busca este proyecto de ley es poder heredar al país una reforma de Estado que tanto se necesita en el aprovision­amiento de obras, bienes y servicios, garantizan­do celeridad y eficiencia en la contrataci­ón”.

Diputada, PLN

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ALONSO TENORIO /ARCHIVO Con la futura ley una institució­n pública que desee contratar a otra entidad del Estado deberá encargarse de al menos el 70% de la obra contractua­l.
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