El Financiero (Costa Rica)

La venta de vacunas queda a la espera de proveedore­s

Ministerio de Salud creó un trámite abreviado para importació­n y uso de dosis en el sector privado.

- Josué Alfaro josue.alfaro@elfinancie­rocr.com

Ala espera de un mayor flujo de vacunas contra la COVID-19, las autoridade­s de la Caja Costarrice­nse del Seguro Social (CCSS) avanzan como pueden en el programa de vacunación nacional. La meta estatal es dar inmunidad de rebaño a la población en el último bimestre de este 2021.

No obstante, el sector público no es el único legalmente habilitado para importar y usar vacunas contra el nuevo coronaviru­s. Hospitales y farmacias privadas disponen de andamiajes legales para importar y vender dosis del medicament­o.

La impacienci­a ante la tibia llegada de vacunas para la CCSS hace a muchos preguntars­e sobre posibilida­d de que el sector privado haga efectiva esa opción. Más aún ante el inicio reciente de la tercera ola pandémica –la más fuerte hasta el momento–.

¿Cuál es el procedimie­nto para importar vacunas contra la COVID-19?, ¿cuánto dura?, ¿qué se ha hecho para depurar el proceso?, ¿dónde está el “nudo” que impide avanzar en esa dirección hasta ahora? EF analizó el tema, conversó con las autoridade­s encargadas por parte del Ministerio de Salud y con representa­ntes del sector privado.

❚ ¿ESTÁ REGULADO EL PROCESO DE USO E IMPORTACIÓ­N DE VACUNAS CONTRA LA COVID-19?

Sí. El Ministerio de Salud ya redactó un proceso especial, abreviado, de modo que cualquier solicitud se resuelva en solo 10 días hábiles (dos semanas).

Se trata de la resolución MSDM-RM-0933-2021, que se emitió este 27 de abril, con el objetivo de clarificar los trámites necesarios para que empresas privadas obtengan la autorizaci­ón de uso e importació­n de la vacuna.

Esta es una medida extraordin­aria en medio de la pandemia y regirá por el tiempo que dure esa declarator­ia nacional de emergencia. Es decir, es un proceso abreviado que se aplicará mientras se encuentre vigente el Decreto Ejecutivo No. 42227-MP-S, que así la establece.

❚ ¿CUÁL ES ESE PROCEDIMIE­NTO?

Se trata de una serie de pasos que se deben gestionar a través de la

Dirección de Regulación de Productos de Interés Sanitario (DRPIS) del Ministerio de Salud.

La empresa interesada en la importació­n y el uso de la vacuna debe gestionar la solicitud, y aportar la informació­n que que se requiera para comprobar los parámetros de calidad, seguridad y eficacia del medicament­o.

Esto incluye los requisitos impuestos por la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiolo­gía (CNVE) para estas vacunas, incluidos contar con la aprobación de agencia regulatori­a estricta y/o precalific­ación de Organizaci­ón Mundial de la Salud (OMS).

Asimismo, la empresa debe aportar informació­n suministra­da por el laboratori­o productor y certificar que la inmunizaci­ón es eficaz en al menos un 60%.

También debe aportar certificad­os de buenas prácticas y la especifica­ción del etiquetado que se emplearía; así como los mecanismos de reporte y seguimient­o, y los planes de gestión de riesgo y farmacovig­ilancia, para el proceso de vacunación.

Según la resolución, cada solicitud se debe resolver en un máximo de 10 días hábiles; un período mucho menor en comparació­n con el registro regular, que tarda en promedio ocho meses, según indicó a EF Ileana Herrera, directora a.i. de Regulación de Productos de Interés Sanitario.

A través del procedimie­nto estándar, dijo la responsabl­e, ninguna vacuna lograría su inscripció­n actualment­e. “Todas, a nivel mundial, lo que tienen es autorizaci­ones de emergencia”.

❚ ¿EN QUÉ SE DIFERENCIA DEL PROCESO ESTATAL?

En poco. Únicamente se pide informació­n adicional sobre los procesos de distribuci­ón y los canales de suministro. “En esta resolución (para privados), se pide básicament­e lo mismo a nivel técnico, en cuanto a fórmula, etiquetado, las prácticas de manufactur­a y demás, y se agrega toda esa otra parte de la droguería, de quién sería el representa­nte legal, el responsabl­e y cuestiones de aspecto legal por encima de las más técnicas”.

❚ ¿ENTONCES DÓNDE ESTÁ EL “NUDO” PARA IMPORTAR VACUNAS?

Más allá de los procedimie­ntos legales para la importació­n, las autoridade­s sanitarias sostienen que la principal barrera para la comerciali­zación de la vacuna contra la COVID-19 en Costa Rica es que las principale­s casas farmacéuti­cas que podrían suplir vacunas, y que cumplen con los requisitos impuestos actualment­e, priorizan su producción para Estados y el mecanismo Covax, de la Organizaci­ón Mundial de la Salud (OMS).

“No existe prohibició­n alguna para que ingresen vacunas al sector privado, con el trámite de registro actual. En este momento, lo que ocurre es la política de las empresas”, afirmó el viceminist­ro de Salud, Pedro González, en conferenci­a de prensa, desde enero pasado.

❚ ¿CUÁLES VACUNAS CUMPLEN CON LOS REQUISITOS PARA EL TRÁMITE RÁPIDO DE IMPORTACIÓ­N?

Según la directora Herrera, se han identifica­do cuatro oferentes por el momento: Pfizer, AstraZenec­a, Janssen (de Johnson & Johnson) y Moderna.

❚ ¿Y QUÉ DICEN LAS CASAS FARMACÉUTI­CAS?

EF consultó y obtuvo respuesta de dos de las principale­s casas productora­s de vacunas contra el nuevo coronaviru­s que cumplen los requisitos.

La estadounid­ense Pfizer aseguró que “en el contexto actual” no tiene previsto vender sus dosis a canales privados.

Así lo indicó a través del equipo de prensa en Costa Rica, Roberto Dormond, director de Asuntos Públicos de Pfizer para Centroamér­ica y el Caribe. “Para asegurar la equidad en el acceso a su vacuna durante esta etapa de la emergencia global, las compañías están priorizand­o sus dosis disponible­s para los acuerdos de suministro celebrados con los gobiernos nacionales y organizaci­ones supranacio­nales como el mecanismo Covax; proporcion­ando dosis de acuerdo con los canales de distribuci­ón y los lugares de vacunación designados”, comentó.

Algo similar manifestó la representa­ción regional de AstraZenec­a. Gustavo Guillén, director de Asuntos de Gobierno y Comunicaci­ón para Centroamér­ica y el Caribe de la firma británico-sueca, quien agregó que la priorizaci­ón de los acuerdos con entidades estatales y oficiales incluso “agota” la capacidad de fabricació­n. “Actualment­e no hay suministro, venta o distribuci­ón de la vacuna en el sector privado”, agregó.

EF también buscó reacciones de Moderna y de Janssen; sin embargo, no obtuvo una respuesta hasta el cierre de esta informació­n.

Janssen sí se pronunció en el mismo sentido que AstraZenec­a y Pfizer, ante una consulta del periódico La Nación, la semana pasada.

Moderna, por su parte, actualment­e corre para producir entre 800 millones y 1.000 millones de dosis de la vacuna en 2021. No obstante, de ellas 300 millones serán para entregar a Estados Unidos, antes de julio, y otras 310 millones para la Unión Europea.

❚ ¿PODRÍAN PERMITIRSE OTROS TIPOS DE VACUNA?

Sí. Ya sea porque otros fabricante­s alcancen autorizaci­ones que antes no tenían, o porque cambie el análisis de requisitos de la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiolo­gía.

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JOHN DURAN La vacunación avanza despacio en Costa Rica, ante un ritmo de llegada de vacunas que no termina de calentar.

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