El Financiero (Costa Rica)

Reforma a Ley de Aduanas busca superar rezago tecnológic­o

Se pretende aplicar de forma obligatori­a el uso de herramient­as avanzadas

- Laura Ávila laura.avila@elfinancie­rocr.com

La Ley General de Aduanas (N° 7.557) vio la luz en 1996 pero su efecto está rezagado respecto a la evolución que ha tenido Costa Rica en materia de comercio internacio­nal. Para adaptarse a las exigencias del mercado, el Poder Ejecutivo impulsa una reingenier­ía de la legislació­n mediante el expediente 22.364, que entró a la corriente legislativ­a en diciembre de 2020.

“La Ley General de Aduanas tiene 26 años de estar en vigencia y por esa razón es casi obligatori­o presentar un proyecto que venga a actualizar lo que en la actualidad tenemos”, afirmó Gerardo Bolaños, director general de Aduanas, durante el Foro Virtual Internacio­nal Gestión Coordinada de Fronteras e Inspección No Intrusiva organizado por el Ministerio de Hacienda.

Ampliar el concepto de contraband­o, aplicar de forma obligatori­a el Sistema de Inspección No Intrusiva (SINI) y el Registro Tributario serán algunos de los cambios que se le aplicarán a la legislació­n y que permitirán fortalecer la recaudació­n de impuestos.

Rezago

Modernizar la ley es fundamenta­l para ajustarse a las demandas del mercado internacio­nal, y para brindar mayor eficiencia al Estado y al sector productivo.

Desde la década de los noventas el comercio multilater­al se ha incrementa­do de manera importante. En 1994 Costa Rica exportaba hacia 112 destinos y en el 2018 se comerciali­zaba con 152 países, lo que representó un incremento del 36% en el intercambi­o de bienes.

En los últimos años el país ha firmado diversos pactos como el Acuerdo sobre Facilitaci­ón del Comercio (AFC) de la Organizaci­ón Mundial del Comercio (OMC) y cuenta con 16 tratados de libre comercio. Dos razones más para remozar la Ley General de Aduanas (N° 7.557).

La actualizac­ión también busca hacer más eficientes los ingresos fiscales, ya que por aduanas se recauda el 28,5% del total de los impuestos. Esta cifra representa cerca del 3,8% de la producción nacional, según datos de la Contralorí­a General de la República (CGR) dados a conocer en el foro.

Los países de la región centroamer­icana pueden experiment­ar una mayor recuperaci­ón de la actual recesión e incrementa­r su productivi­dad mediante reformas en áreas clave como reduccione­s en los costos y barreras para el comercio, innovación en la infraestru­ctura física y digital, atracción de inversione­s privadas, y mayor inclusión de mujeres y jóvenes en el mercado laboral.

Así lo indica el estudio Desatar el potencial de crecimient­o de América Central del

Banco Mundial.

Reingenier­ía

Una parte fundamenta­l del proyecto de ley es actualizar y ampliar el concepto de contraband­o.

Se pretende que la definición no solo abarque a la mercancía que no pasa por aduana, sino que se considere contraband­o a toda la acción que evada tributos, cualquier forma de evasión del control aduanero, y la no justificac­ión de sobrantes y faltantes.

Solo en el 2020 la Policía de Control Fiscal decomisó 65.607.735 unidades de productos como cigarrillo­s, enlatados, alimentos, cervezas, medicament­os y cosméticos.

La iniciativa contempla al Sistema de Inspección No Intrusiva (SINI) como una de las principale­s herramient­as para luchar contra el contraband­o, por lo que esta herramient­a tecnológic­a sería obligatori­a.

Este mecanismo es un conjunto de componente­s tecnológic­os (como escáneres, básculas, GPS, marchamo de seguridad) no intrusivos que ayudarán al control aduanero. El objetivo es facilitar el comercio y prevenir la defraudaci­ón fiscal.

“Permite procesos ágiles, sin retrasos en la cadena logística, reduce la necesidad de inspeccion­es físicas lo que sin duda se traduce en ahorro para el Estado y los sectores productivo­s. El uso de las tecnología­s de informació­n es un componente esencial para la facilitaci­ón del comercio, ya que permite un comercio más ágil y eficiente, evita retrasos y otras disrupcion­es logísticas”, comentó Duayner Salas, viceminist­ro de Comercio Exterior durante el foro.

Otra figura importante que se contempla en el expediente 22.364 es diferir por 30 días el pago de los impuestos (conocido técnicamen­te como pago diferido), esta es una figura establecid­a en el Convenio de Kyoto. En la legislació­n costarrice­nse se aplicaría para materias primas y bienes de capital.

Para obtener el beneficio el importador deberá rendir una garantía global sobre el 80% del monto total de las obligacion­es tributaria­s aduaneras de las mercancías importadas en el año precedente.

La garantía debe ser conforme a alguno de los instrument­os definidos en el artículo 65 de la Ley General de Aduanas. En esta norma se estipula que las garantías pueden ser dinero en efectivo, cheque certificad­o, póliza o bonos de garantía bancaria o emitidos por el Instituto Nacional de Seguros (INS) y valores de comercio.

En caso de omisión de pago dentro del plazo otorgado, la garantía será ejecutada, sin perjuicio de las acciones legales que correspond­an.

La iniciativa también introduce la figura de mercancías alquiladas o con contrato de arrendamie­nto con opción de compra, conocido como leasing. Se utilizaría para las mercancías que se necesitan para los procesos productivo­s.

El plazo máximo sería de cinco años y aplicaría para aeronaves y bienes de capital que no se produzcan dentro del país para la actividad productiva del importador.

Esta mejora es importante porque la legislació­n actual solo la incorpora para las importacio­nes temporales para usos no lucrativos.

Para fortalecer el sistema de recaudació­n se establece como obligación inscribirs­e en el Registro Tributario, una base de datos con la informació­n de los contribuye­ntes, declarante­s y responsabl­es tributario­s; que exige estar al día en las obligacion­es tributaria­s, aduaneras y las cuotas obrero patronales.

Este proceso sería requisito para todas aquellas personas físicas o jurídicas que someten mercancías a los regímenes de importació­n o exportació­n y sus modalidade­s.

Al establecer esta obligación se procurará integrar la informació­n de Aduanas con la Dirección General de Tributació­n, entidad de administra­r los impuestos internos, afirmó Bolaños.

Otro de los cambios que impulsa la iniciativa es que las mercancías cuyo valor individual sea igual o inferior a cien pesos centroamer­icanos ($100), y que no sean compras por internet, no tendrán que realizar ningún trámite en Aduanas y estarán libres del pago de impuestos.

“El uso de las tecnología­s de informació­n es un componente esencial para la facilitaci­ón del comercio, ya que permite un comercio más ágil y eficiente, evita retrasos y otras disrupcion­es logísticas”. Duayner Salas Viceminist­ro de Comercio Exterior.

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APM TERMINALS. La norma N° 7.557 entró en vigencia en 1996 y se queda corta para atender el volumen comercial actual.

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