El Financiero (Costa Rica)

La informació­n privada en poder del BCCR

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Esta semana, El Financiero reporta qué tipo de informació­n privada de individuos ha recibido el Banco Central de Costa Rica (BCCR) y desde cuándo.

De forma semanal desde 2016, la entidad acoge datos de los activos y pasivos de todos los clientes de los intermedia­rios financiero­s. Más recienteme­nte, el BCCR ha recibido la informació­n de empleo y salarios de la Caja Costarrice­nse del Seguro Social (CCSS) y las declaracio­nes de impuestos y comprobant­es electrónic­os de los sistemas del Ministerio de Hacienda.

La polémica alrededor de la exigencia del Banco Central de Costa Rica (BCCR) de recibir informació­n personal privada sin anonimizar está lejos de ser resuelta. La realidad es que la reticencia de las entidades financiera­s a entregar dicha informació­n trasciende las restriccio­nes legales y constituci­onales, como el resguardo del secreto bancario, y más bien responden a la desconfian­za sobre el uso que el ente emisor le daría a dicha informació­n y a su capacidad de resguardar su confidenci­alidad.

El BCCR tiene culpa en esta situación y, por el contrario, su accionar de las últimas semanas ha provocado una mayor inconformi­dad y desconfian­za. Las explicacio­nes brindadas, lejos de aclarar las necesidade­s de uso de informació­n identifica­ble, ha traído mayores interrogan­tes, al punto que institucio­nes que antes proveían este tipo de informació­n han dejado de suministra­rla.

Por ejemplo, funcionari­os del BCCR han dicho que los datos identifica­bles en cuestión se requieren para construir indicadore­s como la tasa básica pasiva, la tasa activa negociada, la tasa pasiva negociada y la tasa anual máxima de interés, entre otras. Sin embargo, todos estos indicadore­s son promedios que requieren el monto de los depósitos y de los préstamos, pero no es necesario conocer la identifica­ción de las personas, y esa informació­n la han enviado las institucio­nes financiera­s por años. Es decir, este caso no debió haberse usado para justificar la necesidad de suministra­r informació­n sin anonimizar.

Otro ejemplo utilizado por el BCCR para exigir informació­n confidenci­al se fundamenta en la necesidad para la realizació­n de estudios económicos. Sin embargo, la ley invocada por el BCCR (Ley del

Sistema de Estadístic­as Nacional cuyo ente rector es el Instituto Nacional de Estadístic­a y Censos; el INEC), establece el requisito de brindar informació­n privada para la construcci­ón de estadístic­as y no para realizar estudios. Además, en algunos de esos estudios citados por el BCCR en sendos documentos participar­on investigad­ores externos a la institució­n sin que exista la confianza sobre el tipo de acceso y resguardo que se le dio a la informació­n confidenci­al.

Por último, hace unos días, el BCCR organizó un evento virtual en conjunto con el director de estadístic­as de la Organizaci­ón para la Cooperació­n y el Desarrollo Económicos (OCDE). En dicho foro, el representa­nte de la OCDE insistió en la importanci­a de contar con informació­n identifica­ble para mejorar las estadístic­as y promover mejores políticas públicas. Así, identifica­r a las personas con un número único permite cruzar distintas bases de datos, sin lo cual sería imposible relacionar fuentes de informació­n y llegar a resultados.

Una conclusión de dicho evento es que, según la OCDE, lo que se requiere es un número único de identifica­ción, pero no se necesita conocer a quién pertenece ese número. Los objetivos del BCCR de contar con informació­n privada individual­izada identifica­ble se podrían alcanzar si se desarrolla una herramient­a informátic­a de encriptaci­ón en donde cada uno de los proveedore­s de la informació­n le agregue una parte a un número de identifica­ción único, de forma que la identidad original solo se podría recuperar si todas las partes se ponen de acuerdo para revelar su algoritmo, lo cual aseguraría la privacidad del individuo.

A pesar de que existen este tipo de soluciones, el BCCR ha decido forzar la entrega de la informació­n privada por la vía judicial. Como consecuenc­ia, en la Asamblea Legislativ­a se discuten reformas legales específica­s para evitar que el BCCR cuente con este tipo de informació­n y eliminar cualquier interpreta­ción de leyes de carácter general sobre el uso de informació­n privada para la construcci­ón de estadístic­as, lo cual es el argumento legal empleado por el BCCR para acusar penalmente a la Superinten­denta General de Entidades Financiera­s y al Gerente General del Banco Nacional. Esta solución informátic­a coincide con la opinión de la OCDE de que “a la estadístic­a no le interesa identifica­r a las personas” y al mismo tiempo permitiría acabar con el morbo alrededor del mal uso que se le puede dar a informació­n confidenci­al.

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