El Financiero (Costa Rica)

Expertos en impuestos aclararon dudas

Declaracio­nes, pagos y rentas pasivas

- Tatiana Soto M. tatiana.soto@elfinancie­rocr.com

En el foro organizado por El Financiero se habló sobre cómo afectan a las empresas la modificaci­ón al artículo 1 de la Ley sobre el Impuesto de Renta y las principale­s obligacion­es ante el fisco en los primeros meses del año.

Fabio Salas, socio de impuestos y servicios legales de la firma Deloitte, y Christophe­r Rugama, especialis­ta en impuestos de la firma Bakertilly, aclararon los principale­s puntos a tomar en cuenta en las declaracio­nes y pagos ante Hacienda. Además, detallaron cómo funciona el gravamen de rentas pasivas en el exterior que está ligado al concepto de territoria­lidad en el impuesto sobre la renta.

El concepto de territoria­lidad en materia tributaria costarrice­nse tuvo que ser aclarado y ajustado en el 2023 ante la calificaci­ón de país no cooperante ante la Unión Europea y con ello ingresar a su lista gris. La reforma trazó los nuevos parámetros para el pago de impuestos de empresas que operan en el país e invierten en el extranjero.

Efectos

Para determinar si la modificaci­ón al artículo 1 le afecta o no a su empresa, lo primero es determinar la sustancia económica de la compañía. Esto afecta únicamente a personas jurídicas que forman parte de un grupo económico multinacio­nal.

Si la empresa tiene suficiente sustancia económica se considera calificada y no estará sujeta a pagar impuestos en Costa Rica por los rendimient­os obtenidos de inversione­s en el exterior.

“Una compañía que tenga suficiente­s recursos humanos, que la junta directiva sesione en nuestro país, que tenga gastos operativos acorde con la administra­ción de esas atenciones en el país va a ser una que, evidenteme­nte, tiene una operación y sustancia económica. Esta es una compañía calificada”, dijo Salas.

Las empresas que no cumplen los requisitos para ser calificada­s son las que no cuentan con más de un representa­nte legal en el país y todos los servicios se realizan desde el extranjero. Cuando la compañía no calificada invierte en el exterior y registra ingresos por esos movimiento­s, tendrá que pagar un 15% de impuesto.

Otra renta pasiva por la que se deben pagar impuestos es por concepto de propiedad intelectua­l. Si una empresa recibe pagos desde el extranjero por su propiedad intelectua­l, deberá pagar el impuesto.

También están sujetos al tributo los dividendos que se reciben por las acciones obtenidas de otra empresa en el exterior.

Obligacion­es

El periodo fiscal en Costa Rica inicia en enero y finaliza en diciembre; este mes arrancan las primeras obligacion­es tributaria­s del calendario.

El pago del impuesto sobre las personas jurídicas, la declaració­n del impuesto sobre las utilidades, y las declaracio­nes informativ­as D151 y D152 son los principale­s deberes de los contribuye­ntes que identifica­ron los expertos para el primer trimestre del año. No escapa el pago de declaració­n de impuestos sobre el valor agregado (IVA), que se hace cada mes.

En la declaració­n del impuesto sobre las utilidades los contribuye­ntes deben revisar que haya coherencia entre los registros contables, declaracio­nes del IVA y los sistemas de facturació­n electrónic­a. Esta gestión, y su pago, se realiza antes del 15 de marzo.

El 31 de enero vence el pago del impuesto sobre las personas jurídicas. El monto tiene una tasa escalonada inferior a los ¢70.000 en el caso de sociedades inactivas y hasta de medio salario base (alrededor de ¢230.000) para empresas activas. La D151 es para transaccio­nes nacionales sin factura electrónic­a y debe presentars­e antes del 28 de febrero. La misma fecha aplica para la D152.

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RAFAEL PACHECO Christophe­r Rugama, de Bakertilly, y Fabio Salas, de Deloitte, participar­on en el foro virtual realizado este 25 de enero.

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