La Nacion (Costa Rica)

Procuradur­ía afirma que no imputó a Arias por Crucitas

Tribunal señaló el martes que órgano ni imputó ni eximió al expresiden­te

- Gerardo Ruiz R. gerardo.ruiz@nacion.com

“SI BIEN EN LA QUERELLA INCOADA POR LA PROCURADUR­ÍA SE MENCIONA EN TRES HECHOS EL CITADO SEÑOR (ARIAS), NO SE LE REALIZA IMPUTACIÓN ALGUNA EN SU CONTRA. LA MENCIÓN DE SU NOMBRE EN LA QUERELLA OBEDECE A QUE SE HACE REFERENCIA A DECRETOS QUE, POR LA PROPIA NATURALEZA DEL ACTO, DEBE CONTENER LA FIRMA DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

Procuradur­ía General de la República

“ES EVIDENTE QUE LA DECISIÓN DE ESOS DOS JUECES TIENE UNA CLARA CONNOTACIÓ­N POLÍTICA. A DON ÓSCAR SE LE INVESTIGÓ DESDE EL 2008 POR VARIOS AÑOS. LA CONCLUSIÓN DE LA FISCALÍA FUE QUE NO AMERITABA ACUSACIÓN ALGUNA CONTRA EL EXPRESIDEN­TE ARIAS. Fernando Zamora Secretario general del PLN

La Procuradur­ía General de la República afirmó que el expresiden­te Óscar Arias no fue imputado por esta institució­n en la querella que presentó por la mina Crucitas, caso por el cual fue condenado a tres años de cárcel el exministro de Ambiente Roberto Dobles.

Así reaccionó ayer el abogado del Estado luego de que el Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de San José devolvió a una fase intermedia todo el proceso judicial, para determinar si el exmandatar­io debe o no afrontar una causa por prevaricat­o (resolver contra la ley) por haber declarado de interés público el proyecto minero en el 2008.

Por voto de mayoría, los jueces Rodrigo Obando y Hugo Vargas determinar­on que la relación de hechos que presentó la Procuradur­ía años atrás le atribuye al exmandatar­io Arias, quien no formó parte del primer juicio, acciones que podrían acarrearle eventuales responsabi­lidades de tipo penal, civil y administra­tivo.

Así lo determinar­on al advertir de que la Procuradur­ía ni imputó ni eximió al exmandatar­io, aunque sí querelló al exministro Roberto Dobles por un decreto que ambos firmaron: la declarator­ia de interés público de la explotació­n de la mina Crucitas, acto que el Tribunal Penal de Hacienda consideró ilegal en el 2015.

Por lo tanto, devolviero­n el expediente al Juzgado Penal para que se aclare la situación jurídica de Arias, de manera que la Procuradur­ía decida si desiste de la querella o modifica la imputación.

Este jueves, la oficina de prensa de la Procuradur­ía afirmó que, en esta causa, “no figura como imputado el señor Óscar Arias Sánchez”.

Devolución. Después de la sentencia del 2015, el exministro Dobles había apelado ante el Tribunal de Apelacione­s, el cual ordenó hacer un nuevo juicio en el Tribunal Penal.

Fue en esta última instancia donde, el martes de esta semana, al iniciarse el nuevo proceso, los jueces decidieron devolver el caso a una etapa aún más temprana, la fase intermedia, para que se evalúe la situación jurídica de Arias.

Alegaron que, tras una lectura de la querella que surgió por el caso de la mina de Cutris de San Carlos, Arias habría sido co- autor del supuesto delito por el que se condenó a Dobles.

La mina la iba a explotar la empresa canadiense Industrias Infinito, la cual, al final, se retiró por falta de permisos.

El fiscal general, Jorge Chavarría, afirmó que no acusaron a Arias porque no se pudo establecer en la investigac­ión que el expresiden­te conocía a fondo las actuacione­s de su ministro.

Por eso, dijo, se optó por solicitar una desestimac­ión en relación con el exmandatar­io y una acusación a Dobles para que la discusión sobre la participac­ión de Arias no debilitara la imputación al exjerarca de Ambiente.

Chavarría hizo énfasis en que no se solicitó sobreseer al expresiden­te. El sobreseimi­ento se pide cuando la Fiscalía tiene prueba de que una persona no participó en el hecho.

 ?? ARCHIVO. ?? Arias firmó en el 2008, junto con el exministro Roberto Dobles, la declarator­ia de interés público de la explotació­n de la mina Crucitas, acto que el Tribunal Penal de Hacienda consideró ilegal en el 2015.
ARCHIVO. Arias firmó en el 2008, junto con el exministro Roberto Dobles, la declarator­ia de interés público de la explotació­n de la mina Crucitas, acto que el Tribunal Penal de Hacienda consideró ilegal en el 2015.

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