Castigo que baja Internet a 256 kbps altera vida a usuarios
Duran minutos para cargar sitios o ‘apps’
Los 256 kilobits por segundo (kbps) que la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) fijó de velocidad funcional para la red de Internetmóvil, trastoca la rutina de usuarios en telefonía pospago.
Con esa velocidad, la espera es tal que hay aplicaciones que se traban (como Waze) y contenido que nunca se despliega.
Así lo confirma un análisis elaborado por este diario y NIC Costa Rica –ente responsable de los dominios .cr y miembro de la Academia Nacional de Ciencias–, el cual halló que tal velocidad funcional casi paraliza la principal función del celular hoy: el uso de Internet.
Solo el año pasado, el consumo de datos en el celular creció 63% respecto al 2015, precisa el último Índice de Redes Mundial de la empresa Cisco.
Con 256 kbps, sin embargo, el usuario se queda sin aplicaciones que actualizan información en tiempo real, si estas demandan una mejor conexión. Tampoco puede navegar páginas con video o hacer
streaming de audio. Incluso es difícil desplegar imágenes, pues se consume tanto tiempo que el recurso se vuelve inaccesible.
El intercambio de mensajes en plataformas como WhatsApp o actualizaciones en redes sociales como Facebook también se limita a textos, porque, de incluir archivos, estos ni siquiera se gestionan dependiendo del tamaño.
Fallo. Los 256 kbps se adoptaron luego de que la Sala Constitucional determinara que la Sutel lesionaba “derechos fundamentales” de los usuarios al delegar en los proveedores del servicio la fijación de la velocidad funcional, como parte de las políticas de “uso justo” introducidas en el 2014.
En el país, los operadores tienen la potestad de reducir a sus clientes la velocidad estipulada en el contrato cuando estos consumen una cuota mensual de datos asignada.
Según la Sutel, tal castigo alivia la supuesta congestión del servicio de Internet móvil, que la entidad atribuye al uso indebido de la red por parte de 5% de usuarios, quienes, afirma, acaparan hasta 35% del ancho de banda disponible para otros clientes.
No obstante, los jueces constitucionales advirtieron en su fallo de que, si la redmóvil de todos modos se congestiona aplicando la política de “uso justo”, el problema no es de los usuarios, sino de los proveedores y de la Sutel, pues debe velar por su mejoría.
Al acatar la orden, la Sutel fijó en 256 kbps la velocidad funcional, la misma que empresas telefónicas ya venían aplicando. Justamente, esa velocidad fue la que suscitó reclamos de usuarios afectados, que derivaron en la condena de la Sala IV.
Al justificar los 256 kbps, la Superintendencia señaló en un comunicado que, “de acuerdo con los estudios técnicos reali- zados, dicha velocidad garantiza el funcionamiento que requieren las aplicaciones móviles más utilizadas por los usuarios en Costa Rica”.
En la resolución 7987-SUTEL -DGC-2017, la entidad afirma que 256 kbps es de las velocidades funcionales “más altas” para videollamadas, música por Internet, navegar sitios electrónicos, jugar en línea, mensajería con imágenes y video, e incluso ver videos en celular.
Molestia. “No se vale meterle un diez con hueco a la Sala Constitucional y menos a los usuarios. Desde la Defensoría, vemosque hay una intención constante de hacer eso en la Sutel”, aseveró Montserrat Solano, defensora de los Habitantes, para quien los 256 kbps esuna desconexión que “estrangula la posibilidad de un mejor desarrollo”.
Además, consideró“muy baja” la cuota máxima de 20 gigabytes (GB) mensuales que hoy se ofrece en los planes pospago, la cual, una vez consumida, activa la reducción de velocidad.