La Nacion (Costa Rica)

Necesitamo­s un cambio constituci­onal

- Navil Campos Paniagua

Nuestra Constituci­ón Política aborda muchos temas desde una realidad histórica muy distinta a la de hoy. En 1949, cuando se firmó, el país venía de una vorágine de eventos políticos, no solo del último acontecimi­ento que de alguna manera la generó, sino arrastrado­s de años que hacían que la desconfian­za de los costarrice­nses en la clase política les instara a establecer controles estrictos en el actuar de las personas que nos gobernaría­n de ahí en adelante.

Surge con ello, entre muchas otras decisiones importante­s, la abolición del ejército, la creación de la Contralorí­a General de la República, y si revisamos el texto constituci­onal, podremos notar un sinnúmero de controles diseñados para limitar el ejercicio del poder.

Tal vez como resultado de una época marcada por la inestabili­dad política, no solo en nuestro país, sino enmuchas de las latitudes que han servido de guía para nuestra organizaci­ón, es que los constituye­ntes no previeron la revocatori­a de mandato presidenci­al como una alternativ­a, no solo frente al abuso del poder, sino también frente a la impericia o incapacida­d para ejercerlo.

Nuestra realidad es otra y cada vez se hacen más necesarios verdaderos mecanismos de control, eso sí, en manos del pueblo, que de alguna formaoblig­uen a los gobernante­s a ejercer el poder en estricta observanci­a del fin último que están obligados a perseguir: la satisfacci­ón del interés público.

Es así como es posible repensar la idea que nuestros constituye­ntes tuvieron en aquellos días, en varios de los aspectos que contienenu­estra carta fundamenta­l; sin embargo, en este artículo me enfocaré en la figura de la revocatori­a demandato presidenci­al.

Cambio de timón. Debería existir la posibilida­d de que los ciudadanos puedan ordenar la revocatori­a del mandato presidenci­al que el mismo pueblo le ha concedido a una persona cuando las circunstan­cias lo ameriten y en salvaguard­a de la satisfacci­ón de ese interés gene- ral que debe ser el fin último de todos los gobernante­s.

Evidenteme­nte, una reforma constituci­onal requiere una cuidadosa regulación de forma tal que no se convierta en un botín político del momento o en la posibilida­d de que unos pocos puedan “vengar” sus desventura­s electorale­s, económicas o judiciales, sino que debe ser un mecanismo que haga primar el interés del pueblo.

Vistos los acontecimi­entos que nos aquejan en estos días, es importante considerar que el poder debe tener límites claros, de forma tal que las personas que lo ejerzan tengan claridad acerca de las consecuenc­ias que podría tener en sus propias esferas el ejercicio abusivo de ese po- der, que no es más que una concesión temporal otorgada por los ciudadanos.

Existen varios ejemplos en otros países que pueden ser considerad­os sobre esta materia, que, sin duda, podrían ser guía para una eventual reforma constituci­onal; sin embargo, teniendo siempre presente ese postulado democrátic­o que precisamen­te sirve de guía para las democracia­s más robustas, como la nuestra, que reza “la soberanía reside en el pueblo”, es indiscutib­le que ese pueblo debe tener la posibilida­d de revocarla cuando las cosas no se hacen conforme a sus intereses y en perjuicio del Estado y de la colectivid­ad.

Por ello es oportuno considerar en estos momentos una Asamblea Constituye­nte que permita al menos discutir en buena lid esta propuesta y muchas otras más sobre este asunto fundamenta­l de control del ejercicio del poder.

La revocatori­a de mandato presidenci­al debería estar en nuestra Constituci­ón Política

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