La Nacion (Costa Rica)

¿Cómo elegir a los mejores magistrado­s?

- Francisco J. Dall’Anese

Debe legislarse para que la selección de magistrado­s deje de ser discrecion­al

Descubrimi­entos de los últimos meses imponen revisar el sistema de elección de magistrado­s para garantizar –además de independen­cia y probidad– el más alto nivel de excelencia de los jueces de la Corte Suprema. Solo deben ser elegidos juristas sin compromiso­s con sectores políticos o económicos para asegurar imparciali­dad y objetivida­d.

La designació­n no debe ser encargada a pocos porque favorecerí­a la componenda a la sombra, ni estar a cargo de muchos porque potenciarí­a la elección de los menos aptos. Un reciente editorial de La

Nación (“Elección de magistrado­s”, 10/11/2017) propone una enmienda para que los nombres de los candidatos pasen el filtro de distintas institucio­nes públicas y privadas. Mi experienci­a en temas de justicia durante algunosaño­s en una Comisión de las Naciones Unidas me permitió conocer de cerca ese sistema.

El resultado es la agresiva campaña del candidato, quien debe adquirir compromiso­s con todos los sectores involucrad­os para resultar elegible. Correlativ­amente, grupos interesado­s en colocar “sus fichas” en la Corte Suprema crean y crean universida­des para tener más votos y controlar la formulació­n de la nómina. Confío en las buenas intencione­s de quienes desde vieja data hablan positivame­nte de ese procedimie­nto, pero lo rechazo porque lo conozco y no asegura el nombramien­to de los mejores.

Nuestro sistema de elección de magistrado­s tiene ventaja. En general, han sido designados juristas que —tanto histórica como actualment­e— dieron y dan brillo a la justicia costarrice­nse. Pero eso no implica que en algunos casos no se amañara el procedimie­nto y se designara un nombre y no almejor de los postulante­s.

Riesgo. Los nombramien­tos a cargo de la Asamblea Legislativ­a carecen de adecuada regulación, por lo que pervive el riesgo del capricho y la arbitrarie­dad. Paradójico: candidatos con extraordin­ario currículo, experienci­a y reconocida solvencia moral y profesiona­l son entrevista­dos y descalific­ados por le- gisladores sin preparació­n o conocimien­to dematerias tan elementale­s como la división de poderes y la justicia.

La reforma debería –entre otros– excluir de la candidatur­a a quienes se hubieran postulado a cargos de elección popular, o hubieran servido durante los diez años anteriores al nombramien­to como ministros en el Poder Ejecutivo, en las distintas oficinas del PoderLegis­lativo, o como abogados del Estado en la Procuradur­ía General de la República. Además, debería contemplar un período de doce años para el ejercicio de la magistratu­ra sin posibilida­d de reelegirse y prorrogar el pago por prohibició­n para el ejercicio liberal de la abogacía hasta por tres años más, establecie­ndo una pena severa en caso de transgredi­r esta restricció­n.

Tres años es tiempo suficiente para que se establezca la distancia necesaria entre el exmagistra­do y la Corte, a fin de evitar el tráfico de influencia­s.

Para evitar el lobby, la componenda y el compromiso, debe legislarse para que la selección de magistrado­s deje de ser discrecion­al y llegue a ser reglada conforme a criterios objetivos. Así, los costarrice­nses tendremos asegurado que en la nómina para la elección estarán quienes cumplan los requisitos para ser jueces independie­ntes, los candidatos no se verán compelidos a promover su imagen y los diputados no podrán actuar a su antojo, pues quedarán limitados por la normativa.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Costa Rica