La Nacion (Costa Rica)

‘Contribuci­ones bajarán montos’

- Álvaro Ramos SUPERINTEN­DENTE DE PENSIONES

--- ¿Qué se considera una pensión de lujo?

--- Nuestra acepción respecto a pensiones de lujo es una pensión para la cual no se contribuyó para su financiami­ento.

--- ¿Cuáles son las razones para que en el Poder Judicial, pese a tener la menor cantidad de jubilados con una pensión mayor de ¢1,5 millones, tienen la pensión promedio más alta, en comparació­n con el Magisterio Nacional y la Dirección Nacional de Pensiones?

--- Razones de diseño en cuanto a la determinac­ión de la pensión e ingreso, constituye­n dos elementos que contribuye­n a explicar la situación apuntada.

--- ¿Se repite esta situación en todos los regímenes especiales?

--- El diseño legal de los regímenes básicos especiales de pensiones explica los beneficios recibidos con jubilacion­es altas.

--- ¿Qué porcentaje del gasto mensual en pago de pensiones se llevan las 1.114 personas del Poder Judicial frente a los jubilados que tienen pensiones por debajo de los ¢1,5 millones?

--- El 63% del total de pagos en pensiones se realiza a pensionado­s cuyo monto es superior a ¢1,5 millones.

--- En el caso del Magisterio Nacional, ¿las contribuci­ones especiales hacen que se reduzca el monto de las pensiones de lujo?

--- Las contribuci­ones especiales, indefectib­lemente, reducen el monto líquido que disfrutarí­an los pensionado­s y que supera el tope del Magisterio Nacional.

--- ¿Los 6.873 pensionado­s del Magisterio con pensiones por más de ¢1,5 millones son del Régimen de Capitaliza­ción Colectiva o de las pensiones con cargo al Presupuest­o?

--- Los pensionado­s a que se hace referencia en el Informe de coyuntura del último trimestre del 2017 (estudio de la Supén), son del régimen del Magisterio con cargo al Presupuest­o Nacional.

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