Opiniones de Corte IDH son vinculantes, confirma PGR
→ Pareja presentó amparo porque notarios no pueden inscribir uniones gais
La Procuraduría General de la República (PGR) respondió, ante consulta de la Sala Constitucional, que las opiniones consultivas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sí son vinculantes para el país.
Dicho criterio lo emitió el órgano abogado del Estado a raíz de una acción de inconstitucionalidad que procura que las personas del mismo sexo puedan casarse legalmente.
Así consta en el oficio ADPB-ESC-8986-2018, emitido a solicitud de los magistrados constitucionales, en el cual la Procuraduría además le recordó al alto tribunal la propia jurisprudencia emitida por la Sala, en la que ha ratificado que las opiniones de la Corte son de carácter obligatorio.
“Máxime si la opinión fue solicitada por el Estado”, enfatizó en el documento el procurador general, Julio Jurado.
La PGR emitió el criterio como parte del estudio de la acción de inconstitucionalidad presentada por una pareja contra la Dirección Nacional de Notariado, órgano que giró una directriz que impide a los notarios inscribir uniones civiles entre gais.
“El criterio de mayoría de esa Sala Constitucional ratificó el carácter vinculante para la jurisdicción constitucional del control de convencionalidad diseñado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, conformado por su jurisprudencia y opiniones consultivas”, explicó la Procuraduría en su respuesta.
Según Jurado, “no tendría sentido ni lógica alguna” desconocer que existe un criterio de la Corte IDH que daría sentido a la acción de inconstitucionalidad y que, además, se impone un “ejercicio de estricta coherencia” para los magistrados.
Además, la Procuraduría concluyó que se debe declarar inconstitucional el inciso 6 del artículo 14 del Código de Familia, pues considera que “resulta contrario al bloque de constitucionalidad” no tutelar los dere- Señalamiento
“LA SALA TIENE A SU ALCANCE LA POSIBILIDAD DE CUMPLIR, DE UNA FORMA MUY EFICAZ, CON LO DISPUESTO POR LA CORTE INTERAMERICANA, QUE ABRE LA POSIBILIDAD DE QUE EL ESTADO COSTARRICENSE MODIFIQUE LA FIGURA
’ ’ EXISTENTE DEL MAT RIMO NIO. Procuraduría General de la República
chos de las familias diversas.
El criterio de la PGR fue presentado a la Sala Constitucional el 9 de marzo, pero los magistrados aún no resuelven la acción bajo su estudio.
La opinión de la Corte IDH que está ahora bajo análisis de la Sala Constitucional, a raíz de la acción presentada contra la Dirección de Notariado, fue anunciada el 9 de enero de este año, luego de que el gobierno de Luis Guillermo Solís hiciera una consulta sobre los derechos de las parejas homosexuales.
Al resolverla, la Corte Interamericana estableció que tanto Costa Rica como los otros 19 estados americanos deben garantizar a parejas del mismo sexo todos los derechos existentes en la legislación, incluido el derecho al matrimonio, sin discriminación alguna frente a las parejas heterosexuales.
Por eso, en la respuesta emitida a inicios de marzo, la Procuraduría enfatizó que la prohibición que contiene el Código de Familia para que dos personas del mismo sexo puedan contraer matrimonio, formar una familia y recibir la protección del Estado, resulta abiertamente contraria a varios artículos de la Convención Americana.
Además, Jurado señaló que esto supone, una injerencia arbitraria contra la vida privada y familiar de las parejas homosexuales que aspiran a desarrollar un proyecto vivencial.
“La Sala tiene a su alcance la posibilidad de cumplir, de una forma muy eficaz, con lo dispuesto por la Corte Interamericana, que abre la posibilidad de que el Estado costarricense modifique la figura existente del matrimonio, sea a través de medidas legislativas o judiciales, como podría darse con esta acción”, comentó la PGR.
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