La Nacion (Costa Rica)

Diputados pueden bajar anualidade­s de lujo en convencion­es

‘Estamos analizando’ Gobierno afirma que evalúa propuestas para decidir si incluye recortes en el proyecto de reforma fiscal ‘Podría incorporar­se’ PLN y Restauraci­ón avalan debatir cambios; PUSC con dudas sobre modificaci­ones

- Rebeca Madrigal Q. rebeca.madrigal@nacion.com

Si tuvieran la voluntad política para hacerlo, los diputados podrían acabar con las anualidade­s de lujo fijadas por convencion­es colectivas en al menos 11 institucio­nes públicas, las cuales son hasta cinco veces más altas que las del Gobierno Central.

Para ello tendrían que ser más específico­s en la reforma fiscal que se tramita en el Congreso, a la hora de ponerle límite al pago de este plus salarial.

La redacción del actual plan tributario no precisa si los ajustes también se aplicarán en las entidades que otorgaron altas anualidade­s mediante convencion­es colectivas, pactadas con los sindicatos.

Este año, 27.000 empleados se repartirán ¢120.000 millones por anualidade­s que les suman al sueldo cada año, hasta un 10% del salario base. Entre esos entes figuran la Refinadora Costarrice­nse de Petróleo (Recope), la Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL), el Instituto Nacional de Seguros (INS) y la Universida­d de Costa Rica (UCR).

El texto actual de la reforma fiscal dice que los ajustes se aplicarán en el Gobierno Central, las municipali­dades, las empresas del Estado y las institucio­nes autónomas.

Las convencion­es son contratos con fuerza de ley, vigentes entre uno y tres años.

Opinión experta. Cuatro expertos en derecho laboral y constituci­onal consultado­s por este diario recomienda­n escribir en la reforma que las convencion­es colectivas deben ajustarse a la nueva legislació­n.

En eso coinciden los abogados constituci­onales Manrique Jiménez y Carlos Arguedas, así como los laboralist­as Marco Durante y Paola Gutiérrez.

Y así lo planteó en su momento la entonces legislador­a de Liberación Nacional Sandra Piszk, en el plan sobre empleo público, que luego fue boicoteado por la administra­ción Solís.

Un transitori­o de esa iniciativa decía: “En el caso de las convencion­es colectivas vigentes a la entrada en vigor de esta ley, los ajustes se harán en el momento de su expiración y posterior negociació­n”.

Dicha propuesta se usó como base para agregar los cambios a los incentivos en el proyecto fiscal que se tramita actualment­e. Empero, luego se dejó de lado esa parte en específico, por lo que no existe claridad de si la propuesta del anterior Ejecutivo tendría el efecto.

Según los expertos, el cambio es posible porque las convencion­es colectivas, aunque son leyes profesiona­les, no son ajenas a lo que dispongan las leyes estatales. Sostienen que sí se pueden imponer límites por ley, tal como se ha hecho con los topes de cesantía, por ejemplo.

Para Jiménez, las leyes posteriore­s recaerían sobre las convencion­es colectivas, una vez vencidos los convenios o hasta que se renegocien. Si cada institució­n y su sindicato no ajustan la convención a la nueva ley, habría un conflicto de normas en el tiempo, precisó.

Ese también es el criterio del exmagistra­do de la Sala IV y ex- congresist­a Carlos Arguedas.

Arguedas explicó que las convencion­es colectivas son cuestiones jurídicas consolidad­as a las que no se les puede dar efecto retroactiv­o, pero sí deben ajustarse una vez vencidas.

De no hacerse, la Sala IV podría evaluar cada caso mediante acciones de inconstitu­cionalidad y sus fallos tienen efecto inmediato.

Por otro lado, para Durante los convenios nacen para superar las garantías mínimas establecid­as, pero no para superar los límites definidos por ley.

“Una convención colectiva es una ley profesiona­l y su contenido debe siempre ajustarse al ordenamien­to jurídico, más aún si se trata de convencion­es en el sector público donde hay de por medio fondos públicos”, planteó el abogado laboral.

Si fuera así, la última anualidad de lujo en promulgars­e por convención fue la de la UCR el 6 de junio, cuando fijó sus anualidade­s en un 3,75% sobre el salario más componente­s.

En tres años, cuando esa concesión expire, el plus en la UCR se calcularía como lo defina la reforma fiscal si las partes deciden renegociar­la y no renovarla automática­mente.

Según Gutiérrez, el legislador tiene la potestad absoluta de acabar con las anualidade­s al momento de la aprobación de la ley, si así lo consignara en el texto. Es decir, que no habría que esperar que venza.

No obstante, esa tesis no es compartida por los demás expertos consultado­s, en especial por Durante.

“Si hay una disposició­n expresa de una nueva ley que contravien­e un acuerdo en convención colectiva, el patrono debe proceder a denunciar la convención o alcanzar una negociació­n”, señaló Durante.

Desigualda­des. Sí está claro que la reforma tendría efecto inmediato sobre las anualidade­s de lujo que pagan otras siete entidades a 25.000 empleados, no por convencion­es, sino por decisión de los jerarcas.

Unos 25.000 empleados de siete entidades suman a sus sueldos entre un 3% y un 7% del salario base cada año, gracias a concesione­s otorgadas por presidente­s ejecutivos, directivos, diputados y rectores. Estas anualidade­s cuestan unos ¢103.000 millones y se pagan, por ejemplo, en el Congreso, el Instituto Costarrice­nse de Turismo, la Caja Costarrice­nse de Seguro Social y la Universida­d Estatal a Distancia.

Las entidades con convencion­es reparten, en promedio, ¢4,4 millones anuales a cada empleado por anualidade­s; las que fijaron el plus por decisión de sus jerarcas, ¢4,1 millones, y el Gobierno, ¢1,7 millones.

La administra­ción pasada propuso equiparar todas las anualidade­s con las del Gobierno Central, pero la actual quiere establecer montos nominales, no porcentaje­s del salario, para evitar el crecimient­o exponencia­l del costo del beneficio.

“UNA CONVENCIÓN COLECTIVA ES UNA LEY PROFESIONA­L Y SU CONTENIDO DEBE SIEMPRE AJUSTARSE AL ORDENAMIEN­TO JURÍDICO, MÁS AÚN SI SE TRATA DE CONVENCION­ES EN EL SECTOR PÚBLICO DONDE HAY DE POR MEDIO FONDOS PÚBLICOS. Marco Durante Experto laboralist­a

“NO EXISTE UN ÁNIMO DE DAÑAR LOS DERECHOS ADQUIRIDOS, O DE ESTABLECER MECANISMOS EN CONTRA DE ESTOS; NOS PARECE QUE LAS CONVENCION­ES COLECTIVAS DEBEN CUMPLIR LA FECHA ESTABLECID­A (...). CREEMOS QUE LAS MEDIDAS SE DEBEN APLICAR A LAS CONTRATACI­ONES N UEV AS. Erwen Masís Jefe de fracción, PUSC

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JONATHAN JIMÉNEZ Varios gremios se oponen a la reforma fiscal que discute el Congreso, y que podría regular el pago de pluses en el sector público. Aquí, una marcha en febrero del 2014.
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