La Nacion (Costa Rica)

47 municipali­dades exceden tope de cesantía de 12 años

→16 ayuntamien­tos reconocen 20 años; y otros 13 pagan sin límite de tiempo →28 gobiernos locales indemnizan a sus trabajador­es aunque renuncien

- Rebeca Madrigal Q. rebeca.madrigal@nacion.com VEA

Al menos 47 municipali­dades pagan a sus empleados cesantías superiores a los 12 años gracias a las convencion­es colectivas que firmaron con los sindicatos, lo que la Sala IV consideró “irracional” y “desproporc­ionado”.

Entre estas, figuran los municipios de San José, Curridabat, Goicoechea, Santa Cruz, Liberia, San Carlos y Acosta. R RECUADRO ADJUNTO.

Así lo constató este diario luego de revisar 52 convencion­es colectivas municipale­s facilitada­s por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

De hecho, 16 de estos gobiernos locales tienen un tope de 20 años de cesantía, entre ellos, Limón, Matina y Garabito.

Sin embargo, en 13 casos no se establecen límites porque sus funcionari­os obtienen un salario adicional por cada año laborado, sin importar si son 20, 30 o 40 años.

Los gobiernos locales que no determinan límites son los de Acosta, Curridabat, Goicoechea, Grecia, Liberia, Orotina, Pococí, San Carlos, San Mateo, Santa Cruz, Siquirres, Talamanca y Tilarán.

Además, 28 municipios pagan el beneficio aun cuando el empleado renuncie, lo que, el 15 de mayo pasado, la Sala IV también consideró inconstitu­cional en el caso de Sistema Nacional de Radio y Televisión (Sinart).

En cambio, los ayuntamien­tos de Alajuela, Corredores y El Guarco pagan 12 años; el de Puriscal, 10 años; y solo el de Osa se ajusta al Código de Trabajo con ocho años.

La mayoría de trabajador­es, en especial del sector privado, reciben hasta ocho años de cesantía, aunque trabajen más años para la misma empresa. Y si renuncian, pierden dicho beneficio.

Para el sector público, la Sala IV estableció el tope del reconocimi­ento de 12 años laborales a partir de un fallo del 5 de junio anterior que declaró inconstitu­cional el beneficio para los empleados del Banco Crédito Agrícola de Cartago (Bancrédito).

Anterior a este fallo, el alto tribunal había fijado el tope en 20 años en diversos fallos que impusieron ese límite a cantones como San José, Montes de Oca, Santa Ana y Turrialba.

No obstante, en esta última ocasión, los magistrado­s considerar­on desproporc­ionado que el beneficio se excediera en un 50% sobre lo que establece el Código de Trabajo.

Al cierre de esta edición, la Sala Constituci­onal no había redactado el fallo final, por lo cual se desconocen sus alcances.

Manrique Jiménez, abogado constituci­onalista, manifestó que la jurisprude­ncia de la Sala podría tomarse en considerac­ión para futuras negociacio­nes de estas convencion­es colectivas, si así lo acuerdan los patronos y los sindicatos.

Según dijo, lo dictado por la Sala IV solo rige para los casos bajo su estudio y, por ende, no se ajusta automática­mente a los demás acuerdos laborales que definen otros topes.

Uno de los casos analizados y cuya cesantía se corrigió por un voto de los magistrado­s constituci­onales fue el de la Municipali­dad de San José, que pasó de tener un beneficio sin límite a establecer­lo en 20 años.

En cuanto al municipio de Santa Cruz, la alcaldesa, María Rosa López, aseveró que la convención colectiva fijó el pago de la cesantía en casos de renuncia para los empleados con una antigüedad laboral superior a los 11 años.

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ILEANA ARAUZ El ayuntamien­to de Curridabat retribuye a sus empleados el beneficio de la cesantía sin límite de tiempo laborado.
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