La Nacion (Costa Rica)

Ley impide inscribir a bebés nacidos de vientres prestados

→ Solo juzgados, Sala IV y reforma legal podrían variar la disposició­n

- Ángela Ávalos R. aavalos@nacion.com MAYELA LÓPEZ

Cuando les llegó la solicitud para inscribir a una niña con los apellidos de sus padres biológicos a pesar de que había sido dada a luz por su abuela, el Registro Civil procedió a cumplir con lo que hoy demanda la ley: rechazar la petición.

Esto obligó al abogado especialis­ta en Derecho de Familia, Óscar Corrales Valverde, a acudir ante un Juzgado de Familia, Niñez y Adolescenc­ia para solicitar la aprobación de la adopción de esta niña por parte de sus verdaderos padres.

No tuvo más remedio porque la legislació­n actual en el país impide el registro directo de los nacimiento­s de vientres subrogados o prestados.

“La Convención de los Derechos del Niño indica a los Estados que no pueden hacer nada que afecte a los niños. En esa perspectiv­a, no es que exista una norma prohibitiv­a de vientre subrogado, porque es además una figura novedosa que no se ha tratado en la Asamblea Legislativ­a.

”Lo que sí existe son normas generales que dicen que no se puede atentar contra la identidad, la nacionalid­ad, salud, hogar, vivienda de los menores”, explicó el abogado.

Luis Guillermo Chinchilla, director interino del Registro Civil, asegura que la respuesta que la institució­n dio a esta pareja tiene como base en el principio de legalidad.

“Basados en ese principio, a nosotros se nos veda poder realizar actos que no se encuentran descritos en una ley.

”A partir de esa concepción, tenemos que la persona que nazca viene precedida de un parto que, en la especie (humana), es la madre la que está dando a luz. Actualment­e, no existe una disposició­n regulatori­a que normalice los vientres de alquiler o la maternidad subrogada”, explicó Chinchilla.

Vendrán más casos. La historia de esta niña, gestada en el vientre de su abuela ante la imposibili­dad de su mamá biológica para procrear, no es la única de vientres subrogados que ha tocado a la puerta del Registro. Desde el 2014, cuando recibieron la primera solicitud de un hombre que realizó el procedimie­nto en Estados Unidos, han conocido un total de cuatro casos, incluido el de esta menor. Al Registro Civil, confirmó Luis Guillermo Chinchilla, le ha tocado responder “conforme a la legislació­n”.

“Como no existe norma que habilite, no podemos inscribirc­on

4 casos de vientres subrogante­s, desde el 2014.

los de otra forma”, reiteró.

El reinicio de los procedimie­ntos de fertilizac­ión in vitro en el país desde el 2016, abre el portillo para que más parejas con problemas de fertilidad acudan a métodos de procreació­n como el vientre subrogado o la maternidad por sustitució­n.

Chinchilla reconoce que este asunto es todo un desafío para el Registro, pero asegura que les correspond­e a otras instancias resolver qué va a pasar con esas eventuales solicitude­s.

Cambios legales. Y cuando se refiere a “instancias”, está haciendo alusión a juzgados de familia similares al que acudió esta pareja, a la Sala Constituci­onal y hasta la Asamblea Legislativ­a, poder al cual le correspond­ería debatir y decidir sobre un tema desde un inicio considerad­o polémico.

“No podemos interpreta­r donde la ley no lo hace. Hay una disposició­n normativa que está vigente y para que este entorno facilite este tipo de inscripcio­nes, habría que plantear las acciones legales correspond­ientes ante los juzgados respectivo­s, que habiliten el tema de una maternidad subrogada”, insistió Chinchilla.

Los asuntos relacionad­os con este tema, que han llegado hasta el Registro, tienen que ver procesos seguidos fuera de Costa Rica, donde incluso los niños son registrado­s en los países de nacimiento como hijos de sus padres biológicos.

Son países que –como México, Haití y algunos estados de los Estados Unidos– tienen regulacion­es en esta materia.

Uno de esos casos, contó Chinchilla, fue el de un hombre que quiso inscribir a sus hijos gemelos. Sin embargo, durante el proceso se detectó que el apellido de la compañera del padre no coincidía con el de los niños.

Ahí se frenó el proceso. El padre llevó el caso hasta la Sala IV, donde los magistrado­s declararon sin lugar el recurso con un voto salvado que le sugiere al recurrente poner una acción de inconstitu­cionalidad contra el artículo 49 del Código Civil para entrar a analizar la posibilida­d de una maternidad subrogada.

Chinchilla cree que es necesario debatir ese tema, al igual que ocurrió con el cambio de nombre de personas por la autopercep­ción y el matrimonio entre personas del mismo sexo.

El 4 de abril anterior, nueve meses después de haber nacido, el juzgado emitió una sentencia que autorizó la adopción de la menor y permitió al Registro Civil anotar a la niña con los apellidos de sus padres biológicos.

Finalmente, la menor aparece registrada con el primer apellido de su mamá y de su papá biológicos.

No solo se trata de una nueva identidad, sino de su verdadera identidad. La que le toca por derecho, según sus padres.

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En abril anterior, un Juzgado de Familia autorizó la adopción de una menor nacida del vientre de su abuela, de 55 años, y permitió al Registro Civil anotar a la niña con los apellidos de sus padres biológicos. La pequeña cumplirá un año el próximo 7 de...
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