La Nacion (Costa Rica)

107 personas trans ya cambiaron su nombre

→ Trámite es ágil y ‘no requiere mucha formalidad’, según esa dependenci­a

- Patricia Recio G. arecio@nacion.com

A un total de 107 personas trans ya se les aprobó el cambio de nombre según su género autopercib­ido, por parte del Registro Civil del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).

Según Luis Chinchilla, oficial mayor del Registro Civil, la cifra correspond­e a los primeros casos de los 190 que han presentado la solicitud de cambio, luego de la respuesta a la opinión consultiva que emitió la Corte Interameri­cana de Derechos Humanos (Corte IDH), en enero de este año.

Chinchilla explicó que muchos casos ya fueron notificado­s e incluidos en los sistemas de consulta del Registro.

“Conforme vamos resolviend­o, se notifica y procedemos a hacer la variación en la base de datos del Registro Civil, tal como lo estableció el Tribunal en el acuerdo que dio a conocer sobre la opinión consultiva. Es un trámite celeroso (sic) que no requiere mucha formalidad”, explicó el funcionari­o.

Una persona trans es aquella que no siente que su identidad de género esté acorde con su sexo biológico. Es decir, nacieron fisiológic­amente como hombres, pero se sienten mujeres, o viceversa.

Para pedir el cambio, los interesado­s únicamente deben apersonars­e a la sede central o las regionales del Registro y firmar un consentimi­ento informado en el que indiquen que la modificaci­ón planteada es en razón de la autopercep­ción de género.

Después, el Registro hace el análisis y notifica al interesado. Luego de un plazo legal que se da en caso de que haya alguna oposición, el cambio se aplica en los sistemas.

Además, si la persona así lo desea, puede solicitar que se emita un nuevo documento de identidad en donde aparezca su nuevo nombre.

Tal como lo determinó la Corte IDH en la respuesta a la opinión consultiva, en los registros públicos no quedará rastro de que una persona cambió su nombre. Sin embargo, en las bases del Registro Civil sí se mantendrá ese antecedent­e.

Para poder cumplir con ese mandato de la Corte, el TSE debió realizar una reforma en el Reglamento del Registro Civil.

Así, se eliminó el “conocido como”, que era la salida que habían encontrado para incluir el nombre con el que se identifica­ba una persona trans.

La otra medida que aplicará el TSE es eliminar la anotación de sexo en el plástico de la cédula de identidad.

Matrimonio gay. De esta forma, el TSE acata la opinión consultiva de la Corte IDH, emitida en enero pasado, en la cual ordena reconocer, sin discrimina­ción alguna, los derechos de la población lésbica, gay, bisexual, transexual e intersexua­l (LGBTI).

El Registro también está esperando un pronunciam­iento de la Sala Constituci­onal para determinar el futuro de los matrimonio­s entre personas del mismo sexo.

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SHUTTERSTO­CK Las personas trans son aquellas cuya identidad de género no coincide con su sexo biológico. En acatamient­o a la opinión de la Corte IDH, en los registros públicos no quedará rastro del cambio de nombre.
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