Chofer irá preso 40 años por atropellar y matar a colegiala
→ Intentó arrollar a dos jóvenes con los que peleó, pero golpeó a otro grupo
El conductor de un automóvil irá 40 años a la cárcel por matar en un atropello a una colegiala de 15 años, además de causarles lesiones de gravedad a otros siete peatones.
La sentencia la emitió, la tarde de este viernes, el Tribunal de Juicio de Cartago contra Carlos Eduardo Brenes Ruiz, de 29 años, al hallarlo culpable de un delito de homicidio simple y siete delitos de intento de homicidio simple.
El hecho que se juzgó ocurrió a las 9:40 p. m. del sábado 8 de diciembre del 2012, en la entrada norte del residencial Cartago, en Pitahaya de Aguacaliente de Cartago.
En aquella ocasión, según se determinó en el debate, el chofer tuvo una discusión con su pareja en vía pública, hecho que ocasionó que dos jóvenes que estaban cerca intervinieran. Estos agredieron a Brenes y se retiraron.
Esa situación propició que Brenes subiera a su carro e intentara atropellarlos. Sin embargo, primero golpeó a dos transeúntes ajenos al lío. Luego, viró el auto en sentido contrario y fue cuando golpeó a las otras seis personas, incluida la colegiala de 15 años, que fue identificada como Stephannie Acuña Fonseca.
Debido a la alta pena impuesta y al peligro de fuga, los jueces revocaron la libertad de Brenes y le impusieron seis meses de prisión preventiva.
El tribunal, integrado por Alexánder Segura Chacón, Edwin Reyes Odio y Rolando Morales Valladares, dispuso también que el conductor deberá pagar la suma de ¢102 millones como acción civil resarcitoria a todas las víctimas.
Hecho intencional. El presidente del tribunal, Alexánder Segura, dijo que, durante el debate y con fundamento en el relato de los testigos, se pudo determinar que el hecho no puede ser considerado como accidental, sino que hubo una intención de atropellar a las personas.
“A criterio del tribunal, con las declaraciones se logra desalas creditar por completo la tesis de la defensa. La tesis de que esto fue un hecho accidental (...), hecho culposo, y que este vehículo para cometer todas estas acciones pues circuló por ahí”, dijo.
Defensa. Agregó que la defensa del imputado, a cargo del abogado Federico Campos Calderón, insistió en que el auto, debido a que circulaba a alta velocidad, perdió el control y atropelló a las diferentes personas, luego de que cayó en un hueco.
Empero, resaltó que esa tesis incluso la desvirtuó el mismo imputado cuando declaró que al caer al hueco viajaba a un máximo 30 kilómetros por hora.
Para los jueces, con base en pruebas, se puede concluir que hubo una intención de atropellar a las personas y, por tanto, se debía castigar al sospechoso con el delito de homicidio simple y no se le podría calificar como homicidio culposo.
Deiber Pérez Ruiz, abogado de la Oficina de la Defensa Civil de la Víctima, que representó a los afectados declaró: “Al abarcar toda la prueba, no cabe ninguna duda de que esto es un tema doloso que hace una persona en un momento de furia o impulso, y cometió un grave daño. No solo causó la muerte de una víctima, sino más allá, provocando a otras personas lesiones considerables como incapacidades permanentes”.
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