Sala IV exige dar atención ‘inmediata’ a paciente
El Hospital Calderón Guardia debe atender “de inmediato” a un paciente con cáncer que acudió a la Sala IV por atrasos en el tratamiento de un tumor.
La sentencia 2018-11109 ordena al centro médico atender al recurrente en un plazo máximo de 24 horas tras la notificación del voto, pues el médico del afectado aseguró que requiere internamiento urgente y no es conveniente hacerlo esperar más de un mes, detalló un comunicado de prensa de la Sala.
El afectado, del que no se divulgó su nombre, presentó un amparo contra los servicios de Oncología, Rayos X y Cirugía General de ese centro médico pues tiene un tumor fibroso solitario maligno, grado III, en una pierna.
Aunque ha sido valorado en múltiples ocasiones y le habían realizado exámenes, no le definían el procedimiento por seguir, lo que violenta su derecho a la salud y a la calidad de vida, según el voto de los magistrados.
Tras la decisión, el hospital deberá ingresar al paciente, hacerle las pruebas necesarias y aplicarle lo más pronto posible el tratamiento que se decida. Además, deberán darle de alta hasta que su condición sea estable y pueda ser atendido en casa.
Pedro Pereiras, director interino del hospital, dijo que no han recibido el voto, pero aseguró que acatarán el fallo en tiempo y forma una vez notificados.