La Nacion (Costa Rica)

Reclamo y réplica

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El Banco Popular (BP) reclamó ante el Tribunal Contencios­o Administra­tivo la anulación o revocatori­a de las resolucion­es de la Sugef y el Conassif; que se declare caduca o prescrita la potestad sancionari­a de esas dos entidades; y que se condene a la Superinten­dencia al pago de daños, perjuicios y las costas del proceso.

Alegó que nunca hubo un apercibimi­ento por parte de la Superinten­dencia pues, en su criterio, la persona que lo hizo no estaba facultada, pues esa potestad es exclusiva del superinten­dente. También adujo que se corrigiero­n las anomalías detectadas y que la Superinten­dencia las omitió.

Otro de los argumentos es que el caso prescribió y, en consecuenc­ia, la sanción no puede cobrar efecto.

Esos alegatos fueron replicados, el 12 de abril pasado, por la entonces superinten­denta de Entidades Financiera­s, Rocío Aguilar, hoy ministra de Hacienda, quien pidió se denegaran las pretension­es del BP.

“Se debe indicar que mediante la interposic­ión de esta infundada demanda, la parte actora pretende desvirtuar el procedimie­nto administra­tivo sancionato­rio tramitado en su contra por la Sugef, y que derivó en la imposición de una sanción, según lo establecid­o por el artículo 81 de la Ley N.° 7786 (leyes números 8204, 9387 y 9449); sanción que fuera ratificada en todos sus extremos por el Conassif”.

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