Amnistía definiría futuro de millonaria deuda por impuestos
→Transitorio perdona intereses y parte de multas y sanciones →Bancos deben 71% del monto de casos en cobro
El nuevo borrador de la reforma fiscal, presentado por el Gobierno, plantea la posibilidad de condonar en una amnistía tributaria parte de la deuda por ¢277.795 millones que el fisco reclama a los contribuyentes, tanto personas físicas como jurídicas.
El texto sustitutivo, enviado por el Ministerio de Hacienda a los diputados el jueves pasado, propone el perdón de los intereses y las multas adeudadas por empresas y personas.
La condición para optar por este beneficio es que se pague, en un plazo máximo de tres meses, el monto total de los impuestos sin declarar, y del 20% al 40% de las multas y sanciones impositivas dependiendo de la prontitud de pago.
Hacienda no detalló a La Nación cuántos contribuyentes en proceso de fiscalización pueden acogerse , ni el monto por recaudar proyectado.
Sin embargo, son siete entidades financieras a las que, en mayor proporción, la Dirección General de Tributación les trasladó cargos del impuesto de la renta sin declarar, por ¢200.000 millones a junio.
La amnistía se aplicaría en los tributos administrados por Hacienda, el Instituto de Desarrollo Rural, el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) y el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS).
Deudores interesados. Nogui Acosta, viceministro de Ingresos, dijo que la inclusión del beneficio para los deudores se hizo a petición del sector privado en el texto sustitutivo del Proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.
“Hay una masa importante de contribuyentes que mantienen litigios con Tributación y que están morosos. La amnistía solo se hace por tres meses para ver un resultado rápido”, recalcó Acosta.
Para Alan Saborío, socio director de Deloitte –empresa especialista en temas tributarios–, el plazo de tres meses propuesto en el borrador de la reforma fiscal es insuficiente.
“No todas las empresas tienen la liquidez para afrontar algo como esto (pago tributario) en tres meses, lo conveniente sería un plazo amplio de hasta 12 meses”, afirmó.
Saborío añadió que Tributación no debería pedir al contribuyente garantías reales cuando se llega a un arreglo de pago.
La última amnistía se aprobó en el Congreso, en el 2003. Aquel proceso generó una recaudación de entre 0,3% y 0,5% del producto interno bruto (PIB).
Condiciones. En el nuevo texto de la reforma fiscal se establece que la amnistía aplicará para las fiscalizaciones de impuestos efectuadas previamente al 1.° de octubre del 2017.
Para la banca, solo tendría vigencia para las auditorías impositivas de los periodos comprendidos entre el 2010 y el 2017.
La banca pública es actualmente la que responde por el mayor traslado de cargos del impuesto sobre la renta por rectificar, por un monto conjunto de ¢173.996 millones.
En el caso de acogerse, las entidades estatales deberían pagar al fisco ¢120.098 millones solo de la rectificación de la declaración del impuesto sobre la renta en un plazo de tres meses.
La condonación de intereses y multas ascendería al menos a ¢50.000 millones.
Juan Carlos Corrales, gerente general del Banco Nacional, dijo que es prematuro ofrecer un criterio sobre la posibilidad de acogerse a una amnistía.
“Podría ser favorable, pues resolvería un problema de hace 20 años”, recalcó el jerarca.
El Nacional es el contribuyente con el mayor cobro tributario por parte del fisco, por ¢83.756 millones de los periodos entre el 2010 y el 2016.
Para evitar un impacto financiero, el plan establece que los bancos paguen de manera inmediata la deuda, pero se permite diferir contablemente el gasto en un plazo de 60 meses.
■