LO AGREGADO EN EL TEXTO SUSTITUTIVO
NUEVAS EXCEPCIONES EN EL IVA:
Se eleva de ¢430.000 a ¢648.000 mensuales el monto a partir del cual habrá que pagar un 13% de IVA por alquileres de viviendas o locales para negocios.
Se incrementa de 250 a 280 kilovatios/hora el consumo a partir del cual se pagará IVA por la electricidad.
Se incluyen una nueva tarifa del IVA del 1% para las transacciones de bienes agropecuarios de la canasta básica, así como para insumos como trigo, frijol de soya, sorgo, fruta, maíz y almendra de la palma aceitera.
Se exonera del pago del IVA la matrícula en universidades públicas, así como los aranceles por matrícula o créditos de esas instituciones.
El nuevo texto aclara que las comisiones de tarjetas de crédito y débito están exentas.
Mantiene la tarifa para servicios privados de salud en 4%, con devolución, en los medicamentos, los ubica en una tasa del 2%, así como los insumos de las medicinas y la materia prima para su elaboración y comercialización
RENTA:
Hacienda permitirá que los contribuyentes de renta puedan deducir, como parte de sus gastos, la totalidad de los intereses que paguen por préstamos con entidades del sistema financiero nacional, con bancos extranjeros de primer orden, así como con entidades
del Sistema de Banca para el Desarrollo.
Excluye de la renta bruta la distribución de dividendos cuando el socio sea otra sociedad que desarrolle una actividad económica y pague también renta.
PLUSES:
Se limita el auxilio de cesantía a ocho años. En un transitorio, mantiene que los funcionarios públicos con beneficios actuales superiores a los ocho años, los mantendrán, pero no mayores a 12 años. Y se recuerda que la renegociación de las convenciones colectivas se deberá ajustar a las normas de este plan fiscal, sobre todo en cuanto a los ocho años de cesantía.