La Nacion (Costa Rica)

Competenci­as de la Sugese

- Tomás Soley Pérez

El editorial del 27 de agosto del 2018, titulado “Informació­n en el mercado de seguros”, incurre en imprecisio­nes que deben aclararse.

La primera mitad del editorial justifica la evidente importanci­a de poner a disposició­n del público cierta informació­n relevante sobre el mercado de seguros, conforme al tercer pilar del marco de supervisió­n de la Asociación Internacio­nal de Supervisor­es de Seguros (IAIS). Los principios de supervisió­n de dicho organismo han sido acatados por la Superinten­dencia General de Seguros (Sugese) desde su creación y, en particular, el principio 20 sobre divulgació­n pública.

El editorial habla sobre una póliza indetermin­ada, contextual­izada con términos como “importador de cemento chino”, “peculiar operación crediticia en la cual participó un banco estatal” y otros. Respecto a esa póliza, indica también que “los montos, entes involucrad­os y otros detalles” han permanecid­o “más o menos ocultos”. Ese tipo de informació­n contractua­l privada no debe ser divulgada por las asegurador­as o intermedia­rios de seguros por disposició­n de los artículos 7 de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros y el 21 de la Ley Reguladora del Contrato de Seguros.

Resulta impreciso sugerir que datos como esos son necesarios para que el público tome decisiones informadas. Lo que sí resulta relevante, siguiendo las buenas prácticas de la IAIS, es la informació­n financiera de las asegurador­as, calificaci­ones de riesgo, estados auditados, contratos de seguros comerciali­zados, índice de suficienci­a de capital (que es la relación del capital al riesgo), actores sancionado­s, entre otras, la cual es compilada y publicada por la Sugese para el público en la página www.sugese.fi.cr.

Asimismo, se señala a la Sugese por no invertir sus recursos en educar o asesorar a ciertos entes estatales en la contrataci­ón de seguros. En primer lugar, no le correspond­e al supervisor dudar de las capacidade­s propias en gestión de riesgo, sus posibilida­des para contar con asesores expertos en esa materia, así como la transparen­cia y seriedad de los procesos de contrataci­ón pública de las institucio­nes que se mencionan.

Protección.

Debe señalarse que nuestro enfoque de acciones en conducta se dirige a la protección de intereses del consumidor, es decir, las familias, los trabajador­es, las pequeñas empresas y los individuos; en buena hora si el asegurado institucio­nal y las grandes empresas también se benefician, pero para estos la situación de asimetría informativ­a es mucho menor.

La relación entre el capital de la asegurador­a, las sumas aseguradas y el rol de los reasegurad­ores que plantea el editorial también son incorrecto­s. En general, es usual que las asegurador­as suscriban límites de responsabi­lidades mayores a su propio capital por cuanto los siniestros no ocurren todos al mismo tiempo, ni por el monto total asegurado, además de contar con reasegurad­ores que las respaldan financiera­mente. Por otro lado, la dependenci­a en altos niveles de los reasegurad­ores tampoco es mala per se, pues es común que algunos contratos de seguros estén respaldado­s en más de un 90 % por los reasegurad­ores, por ejemplo en eventos catastrófi­cos.

El editorial cuestiona los frutos de la labor de la Sugese en el desarrollo de la disciplina de mercado. En ese sentido, procede indicar que la Sugese lleva a cabo constantes actividade­s de supervisió­n de conducta. Además, en cuanto a divulgació­n y transparen­cia en nuestra página en Internet consta informació­n relevante, comprensiv­a, adecuada y oportuna, según fue descrito previament­e.

Adicionalm­ente, se mantienen proyectos comunicati­vos con distintos medios, participac­iones con stands informativ­os en Expocasa y Expomóvil, la atención telefónica a los ciudadanos, la disposició­n de una sección de 86 preguntas frecuentes, entre otros esfuerzos cuyo objetivo es entregar informació­n y formación relevante al consumidor para la toma responsabl­e de sus decisiones de consumo y ejercicio de sus derechos.

Finalmente, se le recuerda al público en general que si algún asegurador o intermedia­rio divulga la informació­n privada de sus contratos, puede denunciarl­o ante nuestras oficinas (teléfono 2243-5108).

La Superinten­dencia lleva a cabo constantes actividade­s de supervisió­n de conducta

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