La Nacion (Costa Rica)

Auditor de Caja cuestiona subsidio a empleados

→Monto se computa para el cálculo de aguinaldo, salario escolar y vacaciones →Beneficio podría ser inconstitu­cional e ir contra Código de Trabajo, dice informe

- Óscar Rodríguez A. oscar.rodriguez@nacion.com

La Caja Costarrice­nse de Seguro Social (CCSS) subsidia el 100% del salario de sus trabajador­es durante el tiempo que están incapacita­dos por un accidente laboral.

El pago es financiado con las cuotas obrero-patronales y se usa para calcular el aguinaldo, el salario escolar y las vacaciones de sus empleados, reveló la Auditoría Interna de la CCSS en el informe ASF-05-2018, del 1.° de febrero anterior.

Incluso, para la Auditoría, el beneficio podría entrar en conflicto con la Constituci­ón Política y el Código de Trabajo, pues es más ventajoso en compración con las condicione­s del seguro de Riesgos del Trabajo en el Gobierno Central y el sector privado.

La Auditoría Interna mostró preocupaci­ón por el hecho de que las “negociacio­nes realizadas CCSS-INS pudieran afectar el Seguro de Salud, así como los principios constituci­onales que rigen el actuar de la CCSS, principalm­ente, por cuanto la institució­n estaría asumiendo erogacione­s que podrían ser propias de un asegurador externo”, se detalla en el informe, del cual tiene copia La Nación.

Cobertura. Cuando un trabajador sufre un accidente laboral, el Instituto Nacional de Seguros (INS) –administra­dor de la póliza obligatori­a– asume el pago del 60% del salario durante los primeros 45 días de incapacida­d del trabajador, como parte de la cobertura del seguro financiada por cada patrono.

Si el periodo de recuperaci­ón del trabajador es mayor a 46 días, la asegurador­a pública paga el 100% del salario mínimo legal y el 60% de la diferencia entre el mínimo legal y el sueldo pagado.

La Auditoría recomendó a la Junta Directiva de la Caja dar el mismo tratamient­o a la incapacida­d por accidentes laborales, en cuanto a las condicione­s de remuneraci­ón, que el aplicado al subsidio por Enfermedad y Maternidad.

En este caso, el trabajador solo recibe el 100% del salario durante el primer año de incapacida­d y luego baja al 60%, además de que no se computa para el cálculo de beneficios salariales. Efecto incierto. Una de las principale­s inquietude­s de la Auditoría Interna es el efecto en las finanzas de la Caja al asumir el pago de las incapacida­des por accidentes laborales.

Ronald Lacayo, gerente Administra­tivo y Financiero de la CCSS, confirmó desconocer el costo para las finanzas del ente al asumir el 100% de la incapacida­d de sus empleados.

La Dirección Actuarial de la Caja será la encargada de calcular el costo del subsidio salarial de la póliza obligatori­a de Riesgos del Trabajo. ■

 ?? GRACIELA SOLÍS ?? Las autoridade­s de la Caja desconocen el impacto del privilegio que se brinda a sus funcionari­os ante incapacida­des por percances laborales. El reporte de la Auditoría Interna, del 1.° de febrero anterior, alertó de que la entidad estaría “asumiendo erogacione­s que podrían ser propias de un asegurador externo”.
GRACIELA SOLÍS Las autoridade­s de la Caja desconocen el impacto del privilegio que se brinda a sus funcionari­os ante incapacida­des por percances laborales. El reporte de la Auditoría Interna, del 1.° de febrero anterior, alertó de que la entidad estaría “asumiendo erogacione­s que podrían ser propias de un asegurador externo”.
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