Proyecto castigará por pedir créditos en paraísos fiscales
→ Moción amplió el cuadro de entidades financieras que se liberan de restricción
La reforma fiscal castigará a las empresas y personas que soliciten créditos en bancos domiciliados en países que Costa Rica considere como paraísos fiscales.
¿En qué consistirá el castigo? A la hora de calcular la utilidad anual, para pagar el impuesto de renta, a estos contribuyentes se les impedirá incluir, en sus gastos, el 100% de los intereses que hayan tenido que pagar por los préstamos adquiridos en dichos países.
Nogui Acosta, viceministro de Hacienda, explicó que a estas personas y empresas se les aplicará la norma de subcapitalización, la cual va incluida en la reforma tributaria.
Esta norma solo permite reconocer en intereses el equivalente a un 20% de sus utilidades, calculadas antes de intereses, impuestos, depreciaciones y amortizaciones, lo que se conoce como EBITDA.
Por ejemplo, si una empresa gana ¢1.000 millones en un año, no podría deducir más de ¢200 millones por intereses, en el apartado de gastos, aunque hubiese pagado más a un acreedor en un paraíso fiscal.
“Por ejemplo, si hay un banco que está ubicado en un paraíso fiscal y le presta a una empresa que está en Costa Rica, le aplicaríamos siempre la norma de deducir solo un 20%. Eso nos lo permite el punto nueve, del artículo 2 de la reforma al impuesto sobre la renta, que está en el proyecto de ley”, comentó el viceministro.
Los paraísos fiscales son los países que no colaboran con la entrega de información fiscal.
Los define la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), organismo al cual Costa Rica aspira a ingresar como miembro.
Norma de subcapitalización. En la actualidad, los contribuyentes pueden deducir en sus gastos, el 100% de los intereses de los préstamos que obtengan para desarrollar sus negocios.
Con la reforma, esta condición se restringirá únicamente a operaciones crediticias adquiridas con entidades reguladas por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif), el Sistema de Banca para el Desarrollo (SBD) y bancos internacionales que estén regulados por los gobiernos de las naciones donde operen.
No obstante, Hacienda advierte de que vigilará que esas entidades extranjeras no funcionen en países considerados como paraísos fiscales; en ese caso también impondrá la norma de subcapitalización.
Variantes. Acosta comentó que los diputados le complicaron un tanto más a Hacienda la tarea de determinar si una empresa está evadiendo al fisco al optar por créditos en el extranjero.
Al presentar el texto sustitutivo, ese Ministerio restringió el beneficio de reconocer el 100% de los intereses a préstamos con el SBD, a entidades reguladas por la Superintendencia Geneuna ral de Entidades Financieras (Sugef) y a bancos extranjeros de “primer orden”.
No obstante, una moción del diputado socialcristiano Pablo Abarca amplió la lista a bancos extranjeros regulados en sus países y a todas las entidades reguladas por el Conassif.
Con el cambio quedan cobijados también los préstamos con empresas de seguros o de valores, por ejemplo.
Sobre los bancos regulados en sus países, Acosta reconoció que no será “tan sencillo, porque le agrega a Hacienda mucha dificultad al revisar si estos préstamos (en el exterior) son acción para eludir la base tributaria o efectivamente, corresponden a inversiones necesarias para la producción local. (...) No estamos satisfechos”.
De ahí la importancia del otro artículo que impide los créditos con bancos domiciliados en paraísos fiscales, porque al menos se cierra esa posibilidad.
Abarca explicó que la aprobación de su propuesta no propiciará un escenario como el que describe Hacienda.
“Lo que quisimos fue proteger a las empresas costarricenses que están sumamente endeudadas, ampliando las posibilidades de deducibilidad en el impuesto sobre la renta al gasto en seguros, o los costos por captar recursos en bolsa”, indicó.
La diputada Yorleny León, de Liberación Nacional, dijo que la moción se aprobó por sugerencia de la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (Uccaep) y de Hacienda.
Además, León estimó que los alcances de los cambios que provocó la enmienda se limitan a su redacción pues la norma de subcapitalización se mantiene como en la propuesta original.
“No todas las empresas van a los bancos y no todas las empresas van a la bolsa. (...) Entonces, dejar solamente una línea de entidades bancarias y excluir otras perjudicaba a los que se quedaban por fuera”, dijo.
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