Diputados deben abstenerse de votar mociones que les beneficiarían
A Consultas luego de que Walter Muñoz apoyó privilegio que recibe como médico
El Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa confirmó que los congresistas deben abstenerse de votar propuestas que los puedan beneficiar directamente.
Así respondió a dos consultas, una de Walter Muñoz, jefe de fracción del Partido Integración Nacional (PIN), quien apoyó una moción que permitió mantener un privilegio que lo beneficia a él, como médico de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
La otra duda también surgió del caso Muñoz y la hicieron los congresistas Yorleny León, Silvia Hernández y Gustavo Viales, del Partido Liberación Nacional (PLN).
La polémica nació el pasado 5 de setiembre, cuando Muñoz votó para desechar la moción de fondo 320 al plan fiscal, lo que mantiene un privilegio, conocido como enganche salarial, establecido en la Ley de Incentivos a los Profesionales en Ciencias Médicas, el cual infla los salarios de estos profesionales.
La propuesta original era eliAL-DEST-CJU-084-2018, minar el beneficio, que obliga a subir salarios de los profesionales en Medicina cada vez que el Gobierno Central hace un ajuste a otro funcionario público.
El criterio de los técnicos parlamentarios, vertido en los oficios AL-DEST-CJU-082-2018 y es que los diputados deben abstenerse de votar cualquier moción o proyecto de ley que pudiera generarles un conflicto de interés.
“El legislador o legisladora debe inhibirse de participar en cualquier decisión que influya en el proyecto de ley en cuestión, a partir del momento en que surja el conflicto de intereses en el caso concreto”, dice el criterio técnico.
Por otro lado, se estima que la inhibitoria debe ser acatada pese a que tal medida no figura en el Reglamento legislativo.
“Aun cuando no está normado reglamentariamente, el legislador o legisladora que evalúe que se encuentra frente a un asunto que compromete su objetividad e imparcialidad, debe excusarse de participar en él, en respeto del deber de probidad establecido constitucionalmente”, dice el criterio.
Pese a que los diputados no tienen un mandato legal que los obligue a desmarcarse de proyectos que pudieran generar conflicto de intereses, el artículo 27 del reglamento sí contiene una “posibilidad de excusa” que se podría emplear para no dictaminar alguna iniciativa que comprometa su objetividad.
La respuesta de Servicios Técnicos urge la creación de una normativa que faculte a los diputados de abstenerse de votar cuando lo ameriten.
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