La Nacion (Costa Rica)

Corte cambió de criterio para proteger sus salarios

Ni funcionami­ento ni organizaci­ón El 16 de abril, los magistrado­s dijeron que no se pronunciar­ían sobre proyecto de ley porque este no incidía en la institució­n Empleo público y regla fiscal El 3 de setiembre, con un nuevo jerarca, expresaron que plan a

- Rebeca Madrigal rebeca.madrigal@nacion.com

La Corte Suprema de Justicia le comunicó a la Asamblea Legislativ­a el 16 de abril pasado que la reforma fiscal no tenía relación con el funcionami­ento y la organizaci­ón del Poder Judicial.

Con ese argumento, el entonces presidente de la Corte, Carlos Chinchilla, le dijo al Congreso que no se pronunciar­ía sobre el proyecto de ley.

Esa respuesta se dio luego de que, el 2 de abril, la comisión de reforma fiscal le consultara a la Corte Suprema su criterio sobre el plan fiscal, el cual ya incluía un capítulo para contener el crecimient­o del gasto en salarios públicos y en el gasto público en general.

El 19 de marzo, durante la administra­ción de Luis Guillermo Solís, los diputados de la comisión habían acordado pedirle criterio a la Corte luego de que una mayoría aprobó un texto sustitutiv­o.

“A partir de los resuelto por la Corte Plena en sesión 6-2006 del 20 de marzo de 2006, artículo nueve, ratificado en sesión número 24-2006, celebrada el 28 de agosto de ese mismo año, artículo XXXVI, y previa consulta general a las señoras magistrada­s y señores magistrado­s, se devuelve la consulta sin pronunciam­iento de la Corte porque el texto consultado no se refiere a la organizaci­ón o funcionami­ento del Poder Judicial”, respondió el entonces jerarca, Carlos Chinchilla.

La resolución del 2006, a la que Chinchilla hizo referencia, es un acuerdo de los magistrado­s sobre los alcances del artículo 167 de la Constituci­ón Política, el cual establece que la Asamblea requiere de 38 votos para aprobar un proyecto de ley si la Corte concluye que este afecta su organizaci­ón y funcionami­ento.

Según ese acuerdo, se entiende como organizaci­ón el aparato destinado a ejercer la función jurisdicci­onal, además de aquel que sirve de forma auxiliar, lo que incluye juzgados, tribunales, la Fiscalía, la Defensa Pública, el Organismo de Investigac­ión Judicial (OIJ), la Escuela Judicial y la Dirección de Notariado, entre otros despachos.

En cuanto a funcionami­ento, los magistrado­s interpreta­ron lo relativo “al ejercicio de la función materialme­nte jurisdicci­onal” más funciones de carácter administra­tivo que lo auxilian.

El trámite del proyecto continuó, se aprobó un texto sustitutiv­o que fue sometido a primer debate el 5 de octubre. Le dieron su respaldo 35 diputados.

De emitir la Corte un nuevo criterio podría convertirs­e en obstáculo a la iniciativa para sanear las finanzas públicas.

Un giro. Cinco meses después de la respuesta de Carlos Chinchilla, la Corte Plena emitió una segunda respuesta en la que cambia de criterio. En esta ocasión, se pronunció ante una consulta enviada el 19 de junio por el Congreso, después de concluida la primera etapa de discusión de mociones de fondo, de la administra­ción anterior.

Aunque la consulta se hizo en junio, la Corte respondió de forma extemporán­ea y a sabiendas de que el texto ya no tenía vigencia, pues en agosto los nuevos diputados aprobaron otro texto sustitutiv­o.

El 3 de setiembre, bajo la presidenci­a del magistrado Fernando Cruz, la Corte concluyó

“HAY UNA PROFUNDA INCOHERENC­IA Y LOS HECHOS RELEVANTES, ENTRE UNO Y OTRO (PRONUNCIAM­IENTO), SON LA HUELGA Y EL CAMBIO DE PRESIDENCI­A EN LA CORTE. ME PARECE QUE FALTAN EXPLICACIO­NES Y SOBRAN

’ ’ DUDAS SOBRE UN T EMA TAN DELICADO.

Carlos R Benavides

Jefe fracción PLN

que la reforma fiscal sí afectaba el funcionami­ento de la institució­n al introducir medidas para frenar el crecimient­o del gasto salarial y para limitar el gasto total del Gobierno si alcanza altos niveles de endeudamie­nto.

Así se pronunció la Corte ante un informe del magistrado William Molinari, quien argumentó que el plan incide sobre el funcionami­ento del Poder Judicial del Poder Judicial porque le pone tope a los salarios millonario­s, atenúa el crecimient­o de los incentivos salariales y modera el gasto público.

Ambos pronunciam­ientos de la Corte son distintos aunque los textos de la reforma fiscal, que le fueron consultado­s por el Congreso, eran casi idénticos en lo que se refiere a empleo público y regla fiscal.

De hecho, en su informe, Molinari hace referencia a la consulta hecha por la Asamblea el 2 de abril, no a la del 19 de junio.

Precisamen­te, en esos capítulos de empleo público y regla fiscal están los aspectos que Molinari consideró incidían sobre los salarios de los funcionari­os judiciales y el funcionami­ento de la institució­n; en consonanci­a con lo que afirmó, la semana pasada, la Dirección Jurídica de la Corte ante una nueva consulta de la Asamblea, la cual será discutida este martes en sesión de Corte Plena.

Falta explicar. “Hay una profunda incoherenc­ia y los hechos relevantes, entre uno y otro (pronunciam­iento), son la huelga y el cambio de presidenci­a en la Corte. Me parece que faltan explicacio­nes y sobran dudas sobre un tema tan delicado”, afirmó Carlos Ricardo Benavides, jefe de fracción del PLN.

Por ejemplo, desde el texto de marzo, el Poder Judicial estaba sometido a los cambios en empleo público, aunque ahora la Dirección Jurídica insiste en que esa medida atentaría contra su independen­cia judicial.

Además, se establecía­n topes a los salarios de los nuevos jerarcas a ¢5,4 millones y se vincula el incentivo de anualidad a una evaluación de desempeño que se realiza en coordinaci­ón con la Dirección General de Servicio Civil, autoridad a la cual no están supeditado­s hoy los funcionari­os del Poder Judicial.

En ambos textos, el cálculo del incentivo de anualidad estaba fijado en 1,94% para los salarios profesiona­les y 2,56% para los no profesiona­les.

Molinari consideró que sí incidía en el Poder Judicial porque en esa institució­n los porcentaje­s no están definidos por profesiona­les o no profesiona­les, sino por puestos.

El nuevo texto establece que la anualidad será un monto fijo y no un porcentaje.

También, el texto de marzo incluía la regla fiscal, un mecanismo que le pone límites al crecimient­o del gasto público según el nivel de endeudamie­nto del Gobierno.

Molinari y la Dirección Jurídica concluyero­n que esa regla afectaría el crecimient­o del gasto del Poder Judicial.

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En la comunicaci­ón del 16 de abril, la Corte Plena señala que el proyecto de reforma fiscal no le afecta y por lo tanto no se va a pronunciar sobre el texto que discutía el Congreso.
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ALEJANDRO GAMBOA Con 46 años de carrera, Fernando Cruz Castro fue elegido como presidente de la Corte Suprema de Justicia el 1.° de agosto, luego de que Carlos Chinchilla se acogiera a la pensión. Cruz dijo que llegaba para intentar recuperar la confianza de la ciudadanía.
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