La Nacion (Costa Rica)

La probidad de los jueces

- Luis Felipe Arauz INGENIERO AGRÓNOMO lfarauz@gmail.com

Resulta inaceptabl­e el argumento de la Dirección Jurídica de la Corte Suprema de Justicia, cuando dice que si un juez no gana una suma muy alta entonces es más propenso a ser corruptibl­e. Es más, toda persona, y en particular si ocupa el alto cargo de juez de la República, debería sentirse ofendido por esta aseveració­n.

La honradez de las personas, en buena teoría, debe ser un valor por encima de la tentación de recibir retribucio­nes a partir de fuentes ilegales y corruptas a cambio de favores. Parece que la Dirección Jurídica de la Corte desconfía de la honestidad a carta cabal de los jueces.

Aun si la desconfian­za de la Dirección Jurídica tuviera algún asidero, el tope propuesto en el plan fiscal de ¢5,3 millones para los nuevos jerarcas claramente permite una vida digna a toda persona. Para aceptar sobornos en esas condicione­s, una

persona, no solo debería ser deshonesta, sino también desvergonz­ada. ¿Es ese el concepto que tiene la Dirección Jurídica de los jueces? ¿O está defendiend­o su propio salario?

La consulta que debe responder la Corte Suprema de Justicia es si el plan fiscal afecta la organizaci­ón o funcionami­ento del Poder Judicial, según lo indica el articulo 167 de nuestra Constituci­ón Política.

Se entiende como organizaci­ón la forma como están relacionad­as unas con otras las diferentes funciones sustantiva­s y

de apoyo, es decir, el organigram­a y los atestados que debe tener cada persona.

Esto no tiene nada que ver con las retribucio­nes salariales. Tampoco afecta el funcionami­ento del Poder Judicial porque los topes salariales son bastante altos y, como ya dijimos, un juez honrado actuará igual con tope salarial o sin él. Es cuestión de valores.

Ejemplo del TSE. Siempre hablando de valores, la Corte haría bien en seguir el ejemplo del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y reconocer que, al ser los magistrado­s directamen­te afectados salarialme­nte por la reforma fiscal, para evitar caer en un conflicto de intereses

deben abstenerse de emitir criterio, en apego al principio de probidad.

Una sugerencia respetuosa: ante las aseveracio­nes claramente ofensivas de la Dirección Jurídica, poniendo en tela de juicio su honorabili­dad, los jueces deben solicitar la renuncia a esos funcionari­os porque han probado no ser dignos de trabajar en el Poder Judicial.

Decir que si un juez no gana una suma muy alta es más propenso a ser corruptibl­e, es ofensivo

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