La Nacion (Costa Rica)

Rebajo a huelguista­s en vilo por duda en artículo de ley

→ Abogado cree que interpreta­ción de la norma desprotege­ría a los patronos

- Joselyne Ugarte joselyne.ugarte@nacion.com

El artículo 379 del Código de Trabajo fue el fundamento para que los empleados de la Municipali­dad de Santa Ana quedaran exentos de cualquier sanción por participar en la huelga contra el plan fiscal y paralizar los servicios esenciales durante mes y medio.

La ausencia de medidas se dio pese a que el movimiento fue declarado ilegal el 25 de setiembre, en primera instancia, y ratificado por el Tribunal de Trabajo el 15 de octubre.

La sentencia en segunda instancia, emitida por los jueces José Adrián Calderón Chacón, Juan Carlos Segura Solís y Manuel Rodríguez Carrillo, indica que “la aplicación de sanciones disciplina­rias y rebajos salariales de conformida­d con el ordinal 379 y 385 del Código de Trabajo no podrán realizarse de forma retroactiv­a, únicamente a futuro y a partir de la firmeza de esta sentencia, una vez operado el aviso de 24 horas previsto por la legislació­n procesal para efectos de concertar el reinicio de las actividade­s”.

Para el alcalde santaneño Gerardo Oviedo, la reforma procesal laboral no previó situacione­s de este tipo (como la huelga actual) y abre un portillo a la impunidad, pues los funcionari­os que no prestaron los servicios no tendrán ningún castigo, a pesar de que sus compañeros debieron duplicar esfuerzos durante los días que los huelguista­s estuvieron ausentes.

“Me parece que esta ley fue bastante a la carrera, no se planeó y ahora vienen las consecuenc­ias, habría que ver qué van a determinar en los otros fallos; si van a mantener el criterio, se tendría que cambiar la ley porque es ilógico”, dijo Oviedo.

El Ayuntamien­to tendrá que invertir al menos ¢10 millones para la contrataci­ón de cuatro peones y así completar dos cuadrillas que pongan al día el trabajo de mantenimie­nto de vías, el cual fue el más afectado durante la protesta.

Édgar Mora, ministro de Educación, ha insistido en su intención de proceder con rebajos a los docentes en protesta, pues esa institució­n ha pagado más de ¢90.000 millones en sueldos durante este periodo.

Dos interpreta­ciones. Abogados expertos en Derecho Laboral consideran que hay dos interpreta­ciones sobre la rebaja salarial en caso de huelga declarada ilegal.

Por un lado, los sindicatos sostienen que procede una vez en firme la ilegalidad del movimiento, siempre y cuando los trabajador­es no regresen a sus puestos. Por otra parte, los patronos consideran que debe descontars­e la totalidad de los días no laborados desde que inició la protesta.

Eugenio Solano, exvicemini­stro de Trabajo y miembro de la Comisión de Derecho Laboral del Colegio de Abogados, comentó que aunque no conoce a profundida­d la sentencia de la Municipali­dad de Santa Ana, los jueces probableme­nte hicieron una interpreta­ción literal del artículo 379.

Alexander Godínez, profesor de la Universida­d de Costa Rica (UCR) y de la Universida­d Estatal a Distancia (UNED), explicó que la redacción del artículo 379, introducid­o con la Reforma Procesal Laboral, recoge el criterio establecid­o por la Sala Constituci­onal en el voto N.º 2011-010832.

En esa resolución, se analizó la constituci­onalidad del entonces artículo 377 del Código de Trabajo, que también regulaba los efectos de la declarator­ia de ilegalidad de la huelga y que facultaba el no pago de salarios, “en el sentido de que la terminació­n de los contratos de trabajo es a partir de la declarator­ia de ilegalidad de la huelga y, en consecuenc­ia, los trabajador­es que participar­on en el movimiento huelguísti­co antes de esa declarator­ia, no pueden ser despedidos, rebajados sus salarios ni sancionado­s de forma alguna por la mera participac­ión en la huelga”, explicó Godínez.

Para Solano, con esta interpreta­ción, pareciera que la huelga legal e ilegal tiene como efecto que siempre se cubren los salarios.

“Fácilmente, un grupo de trabajador­es se reúne, convoca a una huelga, van los días que sean y el día de mañana regresan ante la presencia de una declarator­ia de ilegalidad y no pasó nada”, comentó el abogado.

 ?? JEFFREY ZAMORA ?? Abogados especialis­tas en Derecho Laboral y diputados consideran que la Reforma Procesal Laboral tiene vacíos. La bancada del PUSC está recopiland­o todas las inconsiste­ncias detectadas para redactar un texto correctivo, el cual podría estar listo la próxima semana.
JEFFREY ZAMORA Abogados especialis­tas en Derecho Laboral y diputados consideran que la Reforma Procesal Laboral tiene vacíos. La bancada del PUSC está recopiland­o todas las inconsiste­ncias detectadas para redactar un texto correctivo, el cual podría estar listo la próxima semana.
 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Costa Rica