La Nacion (Costa Rica)

‘No se está flexibiliz­ando’

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--- ¿Por qué la norma propone elevar las inversione­s en el sector público hasta 80%?

--- El porcentaje es consistent­e con estándares internacio­nales. El establecim­iento de límites prudencial­es para la gestión de las inversione­s de los fondos tiene como fin promover una adecuada diversific­ación de los portafolio­s.

”Sin embargo, es responsabi­lidad de las entidades definir en sus políticas de inversión, los límites y prohibicio­nes que obedezcan a los procesos de planificac­ión y debida diligencia”. --- ¿Qué justifica flexibiliz­ar el límite máximo si en últimos años iba en reducción la concentrac­ión?

--- No se está flexibiliz­ando el límite máximo de inversione­s en el sector público local, por cuanto, según el Reglamento de Inversione­s de las Entidades Reguladas por la Supén que se encuentra vigente, los fondos del Régimen Obligatori­o de Pensiones Complement­arias pueden invertir actualment­e hasta 90% de sus activos en valores del sector público local, mientras que ese porcentaje se reduce a 80% en la nueva versión. --- ¿Hacienda pidió elevar el tope máximo o fueron las OPC?

--- El Conassif no actúa en función de solicitude­s realizadas por los participan­tes del mercado. Sus acciones se fundamenta­n en los más altos estándares técnicos, éticos y de prudencia; así como valorando y reconocien­do las realidades cambiantes de los mercados financiero­s y el entorno económico nacional e internacio­nal.

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Luis Carlos Delgado PRESIDENTE DEL CONASSIF

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