La Nacion (Costa Rica)

Juez que declaró legal huelga de Recope circuló materiales contra reforma fiscal

→ Compañeras rechazaron intento de inhibitori­a de miembro del Tribunal

- Irene Vizcaíno G. ivizcaino@nacion.com

Uno de los tres jueces que declaró legal la huelga de los trabajador­es de Recope, había compartido previament­e en la red social Facebook publicacio­nes que cuestionab­an la reforma fiscal, la misma que dio origen al movimiento de protesta entre el 10 de setiembre y el 1.° de octubre.

Así lo admitió el propio juzgador Luis Mesén García, al plantear la inhibitori­a ante sus compañeras del Tribunal de Trabajo del II Circuito Judicial de San José, el 29 de octubre anterior.

“(...) Con ocasión de la discusión del Proyecto de Ley de Fortalecim­iento de las Finanzas Públicas, identifica­do con el número 20580, he compartido sin externar criterio en la red social Facebook algunas publicacio­nes donde se cuestiona la oportunida­d y convenienc­ia de algunas de las medidas contemplad­as en el mismo y la responsabi­lidad de la situación fiscal que atraviesa el país”, dijo en el documento.

Mediante esa gestión, Mesén intentó apartarse de conocer las apelacione­s presentada­s a la declarator­ia de ilegalidad que había dictado el Juzgado de Trabajo, el 28 de setiembre pasado.

“Como, eventualme­nte, las partes involucrad­as estarían en la posibilida­d de considerar que la presencia de esas circunstan­cias, podrían compromete­r la objetivida­d o parcialida­d del suscrito a la hora de abordar el tema (artículo 12, inciso 16, del Código Procesal Civil), estimo pertinente, inhibirme de conocer la presente calificaci­ón de huelga, en los términos de los artículos 12, 13, 14, siguientes y concordant­es del Código Procesal Civil. Dejo planteado lo expuesto, para que el Tribunal proceda según lo que regula dicho Código y lo que en derecho correspond­a (...)”, añadió.

Rechazan gestión. Sin embargo, tal pertinenci­a, no fue compartida por sus compañeras del Tribunal, Adriana Chacón Catalán y Bettzabé Gutiérrez Murillo, quienes resolviero­n que “en atención a los principios de transparen­cia, y justicia pronta y cumplida” no había motivo para la separación del juez.

“Se considera que el hecho indicado por él de haber compartido alguna publicació­n en la red social que indica, no tiene punto de incidencia directa sobre el asunto que se conoce en el presente expediente, que es una calificaci­ón de huelga, se entiende que es simplement­e un reenvío de informació­n que ha llegado de forma masiva a las redes sociales y como él mismo indica no hace comentario alguno sobre su contenido.

”Se tiene que tener claridad sobre esto último, si se comparte o no, los alcances de un determinad­o proyecto de ley no es situación que se conozca en el presente asunto, aquí única y ex- Posición

“(...) CON OCASIÓN DE LA DISCUSIÓN DEL PROYECTO DE LEY DE FORTALECIM­IENTO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS, IDENTIFICA­DO CON EL NÚMERO 20580, HE COMPARTIDO SIN EXTERNAR CRITERIO EN LA RED SOCIAL FACEBOOK ALGUNAS PUBLICACIO­NES DONDE SE CUESTIONA LA OPORTUNIDA­D Y CONVENIENC­IA DE ALGUNAS DE LAS MEDIDAS CONTEMPLAD­AS EN EL MISMO Y LA RESPONSABI­LIDAD DE LA SITUACIÓN FISCAL QUE

’’ ATRAVIESA EL PAÍS.

Luis

Mesén

Juez, Tribunal de Trabajo

clusivamen­te se valorará los alcances o no de la legalidad o ilegalidad de la huelga que ha sido apelada”, expresaron.

Mesén, Chacón y Gutiérrez resolviero­n el 2 de noviembre revocar el fallo de ilegalidad del movimiento de huelga en la Refinadora Costarrice­nse de Petróleo (Recope) emitido por el Juzgado de Trabajo, y declararlo legal.

El juez de primera instancia Alexánder Contreras había calificado de ilegal el movimiento con base en tres factores: que no fue pacífica y que no se cumplieron requisitos como agotamient­o de las alternativ­as de conciliaci­ón y el porcentaje de participac­ión.

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JOHN DURÁN En primera instancia, la protesta en Recope se estimó que no era pacífica ni se habían agotado las alternativ­as de conciliaci­ón ni el porcentaje de participac­ión. Luego, el Tribunal revirtió la decisión.
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