8% del PIB a educación sí incluye INA y Cen-Cinái
El fallo de la Sala IV sobre el plan fiscal respondió una duda recurrente hace años: ¿qué se debe entender por educación estatal dentro de la obligación constitucional de cumplir con 8% del producto interno bruto (PIB) para educación?
La respuesta de los magistrados es que, además de los gastos del Ministerio de Educación Pública (MEP) y de las universidades estatales, se deben considerar otros. Así lo dejaron claro al responder la inquietud de varios diputados.
Hasta ahora se han considerado gastos en educación estatal solo presupuestos del MEP y las ‘U’ estatales, que suman ¢2,6 billones (7,2% para 2019), sin agregar otras inversiones, como la del Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), que será de ¢145.500 millones en 2019.
Dentro del capítulo de Responsabilidad Fiscal de la reforma aprobada este lunes, los diputados incluyeron en ese 8% los gastos del INA, de la Red de Cuido y de los Centros de Atención Integral (Cen-Cinái).
Para responder a la inquietud sobre la inversión en el INA, la primera valoración de los magistrados es que los diputados tienen total libertad para ampliar el concepto de educación estatal, mientras sea razonable.
Para llegar a esa conclusión, acogieron un voto de minoría de una sentencia de 2012 que resolvió que los legisladores son quienes tienen la potestad de definir ese concepto. En esa ocasión, la mayoría consideró que el INA no se debía incluir en la obligación.
Otro argumento para probar que el INA es una institución de educación estatal es que sus empleados están dentro de la categoría de servidores del Magisterio Nacional.
En el caso de la inversión en primera infancia (Cen-Cinái y redes de cuido), la Sala estimó que esta educación para menores de cuatro años es del “todo razonable” y aclaró que solo se debe contemplar en ese rubro lo relacionado con educación y no a otros conceptos de asistencia social.
■ La Sala Constitucional resolvió que no existen motivos para que el Poder Judicial quede exento de las medidas de contención del gasto público que se aplicarán a todo el Estado, cuando entre en vigor la reforma tributaria.
Tal criterio forma parte de los motivos esgrimidos al avalar el plan de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, aprobado este lunes en segundo debate. La luz verde la anunció la Sala IV el 23 de noviembre, pero hasta este lunes se conoció el detalle del voto.
“El Poder Judicial no es inmune a la realidad financiera del país, ni la división de Poderes significa su aislamiento; todo lo contrario, las reglas relativas a la materia presupuestaria